6 PASOS PARA LA VENTA DE UNA PLAZA DE GARAJE ENTRE PARTICULARES

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Si has decidido vender tu plaza de garaje entre particulares, necesitas conocer los pasos a seguir y los documentos necesarios para poder vender tu parking sin problemas. Toma nota:

1. ANUNCIAR TU PLAZA DE GARAJE

Lo más efectivo es anunciar tu plaza de parking en los principales portales inmobiliarios. Es el principal lugar donde los compradores buscan y por lo tanto es donde debes estar.

Prepara unas buenas fotos del parking donde se vea el tamaño de coche que puede aparcar, y rellena todos los campos del anuncio con una buena descripción. Cuanta más información, mejor.

Es ideal que estés en la mayoría de los portales posible. En los más importantes, especializados en anuncios inmobiliarios y también en el resto de los tablones de anuncios en los que se oferta de todo. Nunca sabes dónde está el comprador de tu plaza así que pónselo fácil y anúnciate en todos lados.

Esta técnica pese a ser la más efectiva tiene algunos puntos en contra:

  • Es caro, a menos que quieras limitarte a portales gratuitos
  • Hay que dedicarle tiempo para insertar los anuncios en todos los portales
  • Hay que dedicarle mucho tiempo… Pues recibirás una gran cantidad de llamadas y emails que tendrás que contestar, muchos de ellos de vecinos curiosos que solamente te harán perder el tiempo. Muchos otros serán de agentes inmobiliarios.
    Tienes que dedicarle un tiempo a revisar, contestar y filtrar a los interesados antes de hacer las visitas al parking.

Pero una vez te has lanzado a ello conseguirás visitas y podrás encontrar a tu comprador.

Aunque esto es solo el primer paso de un largo camino que acaba de empezar y que culminará en la notaría.

2. APALABRAR LA VENTA: LA SEÑAL O CONTRATO DE ARRAS

Una vez has llegado a un acuerdo con la persona que va a comprar tu plaza de garaje lo más normal es que necesitéis un tiempo para preparar la documentación, conseguir el dinero, y organizar la venta con la notaría.

Formalizar vuestras intenciones con un documento es la mejor forma de comprobar si la propuesta va en serio y evitarás tener que retirar los anuncios y paralizar la venta sin ninguna garantía

Para garantizar que ninguna de las dos partes se arrepienta y se vaya al traste la  compraventa, lo aconsejable es redactar un documento de señal o un contrato de arras. En este caso el comprador te dejará una cantidad de dinero a cuenta del precio pactado y si se arrepiente la perderá. Por otro lado, si tú decides no vender tendrías que indemnizarle con el doble de la señal que te entregó.

La señal es un documento más sencillo mientras que el contrato de arras es más formal. Están fundamentados en artículo 1454 del Código Civil:

«Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas»

El Código civil español regula las arras penitenciales para el contrato de compraventa en su artículo 1454

En otras ocasiones tendrá confianza con la persona que va a comprar y no hará falta que solicites una reserva, pero poneros un plazo de tiempo para que no se alargue en exceso el proceso. Hay algunas personas por muy cercanas que sean que suelen aprovecharse de la confianza.

En cuanto al importe de la señal, ha de ser una cantidad con la que os sintáis cómodos los dos. Para una plaza de garaje entre 500 y 2000 euros es más que suficiente dependiendo del valor de la plaza y lo rápido que vayáis a ir al notario.

3. RECOPILAR LOS DOCUMENTOS LEGALES PARA VENDER UNA PLAZA DE GARAJE EN ESPAÑA

Una vez has llegado a un acuerdo con la persona que va a comprar tu plaza de parking necesitas recopilar una serie de documentos.

Esta es la parte más delicada para la mayoría de la gente y es donde más se valora contar con un buen asesoramiento.

En el caso de que tengas deudas tendrás que liquidarlas o llegar a un acuerdo con la persona que vaya a comprar pues junto con la plaza de garaje también va a quedarse con las deudas y se las van a reclamar sí o sí.

Estos los documentos para la venta de una plaza de garaje entre particulares

  • Escritura de compraventa original
  • Certificado de la Comunidad en que conste que no tienes deudas  pendientes: En caso de temer deudas, la comunidad las reclamará al nuevo comprador. Lo has de solicitar al Administrador de Fincas del aparcamiento.
  • Recibo del pago del IBI. El ayuntamiento reclamará al nuevo comprador las deudas en los recibos del IBI. Así que tendrás que ponerte al día antes de vender.
  • La nota simple. Es un documento en el que constan los datos de los propietarios, la descripción del aparcamiento, y el estado de cargas, préstamos o afecciones urbanísticas. Este documento hay que solicitarlo al Registro de la Propiedad.

En el caso de tener algún préstamo que recaiga sobre la plaza de garaje:

  • Certificado de deuda cero. Es un documento emitido el banco que acredita que no tenemos ninguna deuda contraída. Es decir, si tenías un préstamo, este documento certifica que ya lo has liquidado y no debes nada
  • Escritura de cancelación de hipoteca o préstamo. Con el certificado de deuda cero podremos solicitar al notario una escritura de cancelación que luego llevaremos al registro para hacer desaparecer esa carga.

4. FIRMA ANTE NOTARIO

Este es el paso más importante y también el más sencillo si has hecho todo lo anterior correctamente

Previamente al acto de firma de la venta de la plaza de garaje entre particulares, debes  haber facilitado toda la documentación que hemos explicado antes al oficial de la notaría para que comprueben que todo es correcto.

Una vez leída la escritura de compraventa recibirás el importe pendiente de pago y entregarás un juego de llaves o mando a los nuevos propietarios.

En la notaría y tras la firma has de recoger una copia simple de la escritura para tener un “justificante” de la venta y liquidar los impuestos

5. AVISAR A LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

Tras la venta de la plazas de aparcamiento debes avisar a la Comunidad de Propietarios para que sean conocedores de que hay una nuevo propietario y no te pasen a ti más recibos. Generalmente es suficiente con notificárselo al administrador de Fincas.

El artículo 9.1. de la Ley de Propiedad Horizontal dice que es obligación de los propietarios comunicar al administrador de fincas o al secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el cambio de titularidad de la la plaza de aparcamiento.

6. PAGAR LA PLUSVALÍA TRAS LA VENTA DE TU PLAZA DE GARAJE ENTRE PARTICULARES

Este es el último de los pasos que debes dar para concluir satisfactoriamente el proceso de venta de tu plaza de garaje entre particulares. Has de realizar el pago de la plusvalía municipal. Es un importe que depende del valor catastral del parking y del tiempo que has sido propietario desde que lo compraste.  En el caso de haber vendido por menos precio estás exento pero igualmente has de realizar el trámite.

Tienes un plazo de 30 días para liquidar el impuesto y presentarlo.

CONCLUSIONES:

Vender una plaza de garaje entre particulares es algo muy habitual con las herramientas actuales que proporciona internet, tiene sus cosas buenas y otras que no lo son tanto:

👍 Te saldrá más barato que contratar una agencia inmobiliaria  

👎 Conlleva una serie de trámites que pueden llegar a ser muy engorrosos si no dominas el tema del papeleo. Esto puede ser muy estresante si no estás acostumbrado a estas gestiones…. y más aún cuando surgen los inevitables contratiempos. Al final lo barato puede resultar caro

👎 Además, necesitarás tener tiempo para contestar las llamadas y los emails que recibirás de los interesados en tus anuncios.  La mayoría son curiosos que solamente te harán perder el tiempo, como tus propios vecinos, lo que es muy frustrante. Otras veces serán llamadas de comerciales de agencias inmobiliarias. Y tiempo también para preparar todos los documentos de venta de la plaza de garaje.

👉 Si tienes el tiempo y los conocimientos adelante! Y si necesitas ayuda pero no quieres una agencia inmobiliaria, en Parkingya llevamos más de 20 años asesorando a compradores y vendedores en plazas de garaje y aparcamientos enteros

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42 comentarios en «6 PASOS PARA LA VENTA DE UNA PLAZA DE GARAJE ENTRE PARTICULARES»

  1. Hola Daniel buenas,
    te queria preguntar y te agradecería mucho lo siguiente a ser posible;),
    es normal que por emitir un certificado de que la comunidad de parking no tiene ninguna deuda pendiente me hayan cobrado casi 30€??Muchas gracias de antemano

    Responder
    • Hola Marta,

      Es un tema controvertido, según el Colegio de Administradores de fincas el administrador de fincas presta sus servicios a la Comunidad que es de quien cobra sus honorarios. No presta servicios a un vecino en particular, por lo que ese servicio «extra» tiene un coste.

      Por otro lado la Ley obliga a presentar ese certificado en al escritura a menos que el comprador lo disculpe o exonere… por lo que el administrador estaría obligado a entregar el certificado aunque no se lo pagues, y se se niega lo podríais despedir y contratar a otro… De hecho los bancos no cobran por emitir el certificado de deuda cuando quieres vender un piso con hipoteca,

      Por lo que respecta al costo va entre los 30 y los 50 euros. Por ese lado has tenido «suerte» de que te hayan aplicado la tarifa más baja….

      Un saludo y suerte con la venta Marta!

      Responder
  2. Hola Buenas, me gustaria saber como hacer para vender esta plaza de garaje ya que estamos en Francias. Como hacer para los poderes y es necesario ademas de tu ayuda, tendremos también que acudier a una gestoria para hacer algunos de los tramites que tenemos que hacer. Muchas gracias por tu respuesta. He mandado un Whatsapp también.

    Responder
    • Hola Natalia, nosotros nos podemos ocupar de todo, depende de donde esté la plaza de garaje.
      Ahora en un rato me pongo en contacto contigo,
      Un saludo,

      Responder
  3. Quería saber si también atendéis en Alcalá de Henares, asesoramiento para compra de garaje, entiendo que todos los documentos a los que hacéis referencia son por cuenta del vendedor, gracias y un cordial saludo

    Responder
  4. Hola Daniel,
    Tenemos una hipoteca que incluye el garage y la vivienda, pero son dos referencias catastrales distintas. En ese caso al estar pagando aún la hipoteca ¿no se podría vender?

    Gracias

    Responder
    • Hola Anna, si la hipoteca incluye el garaje y la vivienda, las dos unidades registrales tendrán la carga de la hipoteca.
      Puedes vender pero antes has de hablar con el banco para que libere el garaje de la hipoteca. Dependiendo de la cantidad que te quede a pagar el banco te pedirá, o no, una garantía ya que tras la venta solo la viviebnda responderá de la hipoteca. Es un tema administrativo y depende de las condiciones del préstamo, personales tuyas y del propio banco que sea algo sencillo o difícil de resolver
      un saludo,

      Responder
  5. Buenos días
    Que suelen cobrar por gestionar la venta de un garage de segunda mano?.
    Garaje separado de la vivienda.
    Al ser mayor de 65 años, si la base imponible es menor de 20000 euros hay alguna deducción?.
    Gracias anticipadas

    Responder
    • Hola Jesús, no hay deducciones para parkings, normalmente solo las hay -o las había- cuando una persona joven compra su primera vivienda, pero no para parkings
      En cuanto a se suele cobrar por la venta del garaje te refieres a los impuestos que has de pagar?

      Responder
  6. Hola Daniel,

    Tengo un par de dudas:

    Soy de Barcelona y soy una sociedad, voy a vender una plaza de parking a un particular.
    Si yo la compré hace un mes y la vendo ahora, podría haberme acogido al ITP reducido?
    A la hora de vender, el único impuesto que deberé pagar es la plusvalía municipal? Qué diferencia hay entre plusvalía municipal y la de ganancia patrimonial? Son dos impuestos diferentes que deberé pagar?

    Gracias de antemano,

    Responder
    • Hola Alejandro,
      podrías haberte acogido al ITP reducido en el momento de la compra pero ahora ya no es posible cambiar las cosas y si vendes a un particular éste se acogerá al ITP por lo que no podrás recuperar el IVA.
      – A la hora de vender has de pagar al AYUNTAMIENTO la plusvalía municipal, este impuesto se incrementa con el paso del tiempo, en tu caso si eres propietarios desde hace solamente un mes será una cantidad muy reducida
      – La ganancia patrimonial es el beneficio obtenido si la compraste más barata que el precio por la que la vendes. Para este cálculo has de sumar al precio de compra los gastos que tuviste (notaría, registro etc) y restar del precio de venta los gastos asociados (plusvalía municipal)…. la cantidad restante la declaras en la renta del año próximo,

      un saludo,

      Responder

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