Venta de plaza de concesión

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«Buenos días,
Tengo una consulta que hacerte. He vendido un piso y una plaza de garaje por separado.
La plaza de garaje era en concesión de 50 años y hasta los 6 años no me han dado la oportunidad de escriturarla, cosa que no he hecho.
Ahora la he vendido y mi comprador me indica que me la escriture en el registro de la propiedad para poder escriturarla después él.
Yo le he dicho que como es en concesión de 50 años yo no tengo obligatoriedad a escriturarla ya que no es mía, sino de la empresa que me la concede, así me lo dijeron en el ayuntamiento.
Yo no quiero gastarme un dinero que me viene mal, pero puede obligarme a escriturarla aunque realmente nunca ha sido de mi propiedad??
Gracias,»

EDU

 

——————————-

Hola Edu,

El derecho de uso de las plazas de concesión se suele transmitir mediante un comunicado al ayuntamiento y un contrato privado. Si tu ayuntamiento permite escriturarla en el Registro es algo que puede hacer tu comprador después de esa trasmisión del derecho de uso. Piensa que por mucho que tú la escritures ahora antes de venderla él tendrá que volver a escriturarla a su nombre tras la compra, no veo el sentido de pagar dos veces, a menos que no haya entendido bien tu pregunta creo que es un trámite no necesario y el comprador así lo ha de entender si se lo explicas.

Saludos y suerte Edu!

 Ver más preguntas y respuestas sobre plazas para residentes y de concesión municipal

Cuestiones básicas sobre plazas de concesión para residentes

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30 comentarios en «Venta de plaza de concesión»

  1. Hola Daniel! he heredado una plaza de garaje en Málaga, y he conseguido venderla a un vecino y estoy bastante perdida…me podrias informar que gastos tendré yo? si no encuentro la escritura del garaje donde la puedo conseguir?? Gracias!

    Responder
    • Hola, a ver…. la escritura del garaje es la de la aceptación de la herencia,
      en cuanto a los gastos, tendrás que liquidar la plusvalía municipal (tienes 30 días) y el incremento patrimonial en la renta del año que viene(si la has vendido por más dinero de lo que la escrituraste en la herencia)
      saludos,

      Responder
  2. Buenos días Daniel,

    Cuando una plaza que quiere transmitir una empresa jurídica a un particular adquirida por una concesión administrativa va por iva en vez de itp?

    Aunque no se 1ª mano?

    Un saludo

    Responder
    • Buenos días Jordi,
      en segundas transmisiones solo puedes acogerte a la exención del IVA si eres un un sujeto pasivo que actúe
      en el ejercicio de sus actividades empresariales o profesionales y por lo tanto puedas deducirte ese IVA
      Por lo tanto irá por ITP,
      Saludos,

      Responder
  3. Gracias por la rapidez.

    Nosotros somos la empresa jurídica y no el adquiriente que no te lo especifique.

    Nos aseguraron unos asesores que al transmitir dichas plazas como concesión administrativa las tenemos que vender con iva.
    Esto nos representa encarecer la plaza en la venta de cara al cliente.

    Me podrías facilitar algún documento ó sitio web donde aparezca el tema de las concesiones que van por itp, de cara a hacienda que no tuviéramos ningún problema para venderlas con itp.

    Gracias

    Responder
    • Jordi, el tema es delicado… en este caso lo que se transmite no es el derecho real de la propiedad, sino una concesión administrativa…. con lo cual quizás no puedan acogerse a la excepción del IVA y tendrán que ir por el régimen general….??? me haces dudar y por lo tanto te aconsejo que lo consultes directamente e la Agencia Tributaria y así estar seguro al 100% de cual es la norma a día de hoy,
      te agradecería que compartieras la respuesta aquí para que nos enteremos todos de la normativa!
      saludos

      Responder
  4. Estimado Daniel,

    Tengo algunas dudas respecto a las plazas de garajes públicos que se tienen en concesión.

    ¿Hay que declararlas en el IRPF por el simple hecho de tener la concesión, tal y como ocurre con las que son en propiedad? Y en tal caso ¿Cómo se declaran?

    Y por otra parte, si no es necesario declarar la simple posesión de la concesión, pero la tengo alquilada a un tercero, ¿como declaro en el IRPF?

    Gracias y un saludo.

    Responder
    • Hola Jose Manuel,
      este tema es muy delicado y preferiría que lo consultaras con un experto fiscalista (y te agradecería que luego os lo aclararas,,,!)
      Yo creo que no debes declarar en el IRPF la posesión de esa concesión…. en cuanto a las rentas de los alquileres es otra cosa,
      estás teniendo un ingreso y cobrando un IVA, por lo tanto debes declarar esa ganancia y ese IVA
      saludos y si tienes novedades al respecto me informas,

      Responder
  5. He comprado una plaza de garaje,a una empesa .
    El problema es que hay trampilla que es un pozo de aguas residuales, bombas de agua, a la cual la Comunidad de propietarios tiene acceso para revisones ,mantenimiento.. ,,,
    Cuando la compre nos dijeron que no sabia lo que había pero que siempre esta cerrada y que no habia probema.. ,
    El 1 día que aparcamos y ya nos handicho el protero que lo abren para viglar y …ME SIENTO ENGAÑADO, y queria que nos cambiaran la plaza, en la escritura no figura que exist ese poxzo en la mimas plaza.
    LA PLAZA era propiedad de uN EMPRESA NO DE LA COMUNIDAD
    La empresa me propone que aparquemos enotra plaza suya y que onde esta la trampilla ponen ellso un cioche y que no lo mueven hasta que de una solución la comunidad .

    YO QUIIERO saber si:

    – Si Puedo IMPUGNAR EL CONTRATO
    – Si es posible que la empresa que me la vendido me devuelva el dinero etc, ya que me a engañado..
    – QUE PASOS HAY QUE DAR

    NOTA: Todavia nos queda PAGAR EL NOTARIO,aunque ya estan las escrituras y ede gestiones

    Responder
    • Hola JAvier, esto que planteas es complicado….. cada parte tiene su punto de vista. Es difícil precisar si ellos lo sabían o no… a demás en el notario quedaría patente que conocías la plaza por lo tanto no puedes decir que no lo sabías….de hecho lo sabías pero te fiaste de lo que te dijeron…
      Realmente deberías plantearlo en un juzgado si crees que te han engañado,
      pero yo lo que haría es negociar con ellos, que te cambien la plaza por otra, conlleva una serie de gastos, negocia quien los asume…
      es complicado. suerte!

      Responder
  6. BUENOS DIAS , DESEO VENDER MI PLAZA DE GARAJE EN SAN FERNANDO, PERO NO TENGO NI IDEA QUE CUANTO ME PUEDE COSTAR LA VENTA, NI QUE ES A LO QUE ESTOY OBLIGADO A PAGAR. LA PLAZA DE GARAJE PRETENDO VENDERLA POR 20.000€. PODRIAIS ORIENTARME POR FAVOR,. MUICHAS GRACIAS.

    Responder
    • Hola Rosalia, lo primero que has de hacer es dirigirte a tu ayuntamiento y preguntar cual es el procedimiento en San Fernando para vender una plaza de concesión municipal, como ya he comentado cada población tiene su propia normativa en este tipo de plazas,
      un saludo

      Responder
  7. Buenos días. He vendido una plaza de garage que tenía en concesión de 40 años por un precio bastante inferior al de compra (compra que se realizó hace unos 8 años). Simultáneamente he vendido a la misma persona un piso que había heredado hace ya 27 años, en este caso con una ganancia patrimonial por la diferencia entre precio de venta y valor en que aparecía en la aceptación de herencia. Mi pregunta es: ¿la venta de la plaza me ha generado una disminución patrimonial que pueda compensar con parte del incremento, o por el contrario, al no tener más que una concesión, sin ser realmente propietarios, no ha lugar? Nunca me ha aparecido la plaza de garage en los datos que me manda hacienda para la declaración.
    Muchas gracias.

    Responder
    • Hola Santiago, con esta pregunta me pillas… imagino que si ganas dinero has de declararlo sea un concesión o una plaza privada. Otra cosa es que sepa la administración de la existencia de esa plaza. Piensa que las concesiones son tratadas de forma diferente en cada población, por ejemplo en Madrid cuando compras el derecho de uso de una concesión no hay que hacer más que un documento privado para informar al ayuntamiento, mientras que en Barcelona debes ir al notario, liquidar el ITP y llevar al registro de la Propiedad.
      En cualquier caso no puedes compensar la ganancia del piso con la pérdida por la plaza.
      saludos

      Responder
  8. tengo una plaza de garaje en un parking del ayuntamiento de madrid residentes, la consesionario nos pasa un total de los gastos que dice que hay en el garaje queremos saber si puedo pedir las facturas que paga el para saber si nos estan repercitiendo bien los gastos
    un saludo

    Responder
    • Supongo que hareis una reunión anual para presentar las cuentas y ahí debería justificar los pagos,
      en cualquier caso puedes pedir esas facturas son mucho tacto, sin que parezca una auditoría o que desconfíes…en ese caso se cerrarán en banda y no te ayudarán,
      saludos

      Responder
  9. Buenos días. Estoy pensando en adquirir a un particular una plaza de garaje de concesión. Cuáles son los impuestos y demás gastos que debo pagar por dicha adquisición? Gracias!

    Responder
  10. Hola, Tengo una plaza de garaje en Madrid, en el distrito de la guindalera, quiero comprarla ya que es del ayuntamiento (PAR). Se puede comprar para que pase a mi nombre de una manera definitiva? es decir para siempre¿

    Responder
  11. Buenas tardes, voy a comprar un cesion de plaza de garaje en Alcala de Henares -Madrid al dueño de dicha cesion, la concesion inicial era por 99 años, ahora quedan 72 años,
    Cuales son los tramites -gastos que tendria por la compra de este cesion, ya que por compra he visto en vuestro foro que son:
    ITP, registro, notaria y gestoria cerca de los 2000 euros.

    Gracias
    Juan Carlos

    Responder
    • Juan Carlos en Madrid no hay que pagar ITP ni registro para las plazas de concesión… En Barcelona si…. en Alcalá lo desconozco, llama al ayuntamiento y te informarán del procedimiento porque es distinto en cada población

      Responder
      • Gracias por la info y por tu foro.
        Segun he leido se hace un contrato privado y ya esta, lo unico que como tributara en la declaracion o no hay que poner nada ??
        Ahora se ha pedido tasacion a ayuntamiento que va a ser unos 5.000 que es lo que hay que poner en contrato pero si el dueño de la cesion la quiere vender por bastante mas ( es decir precio de mercado de la zona) imagino que no es legal pero me han dicho en gestoria que asi es como compran y venden las plazas,

        saludos y gracias

        Responder
        • El precio que debe figurar en el contrato privado no puede ser superior al del ayuntamiento. Si te pide más dinero ya es cosa vuestra. En la declaración de la renta no hay que poner nada,
          saludos

          Responder
          • Buenas, tardes, una ultima consulta.
            La plaza que me ofrecen en cesion cuestra de comunidad con ibi incluido 115 euros al mes, es en Alcala de Henares en zona con muy poco aparcamiento, es un precio medio ??
            Parece un poco caro ya que por 75-80 se alquilan plazas, como lo ven ustedes que entiendo de esto.

            gracias

          • Es lo normal Juan Carlos, las plazas de concesión suelen tener gastos elevados, también es verdad que dan más servicios: vigilancia, buena iluminación, limpieza, etc

  12. Se puede vender una plaza de parking que compre hace 30 años y que tengo 80 años de concesión hereditarios. Quiero venderla a precio de mercado a un particular, pero parece que la concesionaria pone problemas porque es del ayuntamiento.
    Me puedes asesorar? el precio para venderla a la empresa concesionaria es muy bajo. Gracias

    Responder
    • Hola María, claro que sí… puedes vender el derecho de uno de la concesión, no la plaza, pues la plaza es del ayuntamiento y tú compraste en su momento el derecho de uso lo que se conoce como «la concesión»
      El único problema que puede ponerte el ayuntamiento es limitar el precio, pues hay unos baremos y el precio está tasado, no puedes vender libremente al precio que desees. Por otro lado puede ser que haya una lista de espera y estés obligada a vender a la persona que el ayuntamiento te indique… pero nunca te van a prohibir la venta, solo condicionarla según las reglas de las concesiones,
      un saludo,

      Responder

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