¿Qué gastos son deducibles de la venta de mi plaza de garaje? Paga sólo lo que te corresponde.

Gastos deducibles por la venta de una plaza de garaje….

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Buenas Daniel,

Primero felicitarte y agradecerte por este consultorio. Te expongo mis dudas.

En mi familia estamos pensando vender una plaza de garaje que hemos recibido en herencia tres personas (mi madre, mi hermano y yo).

Me gustaría saber los trámites que nos tocaría hacer como vendedores, así como el papeleo que tenemos que reunir. Tras revisar tu post y leer todos los comentarios, creo que me ha quedado bastante claro que además de la firma del contrato en notaría, como vendedores nos tocaría hacer:

a) Pagar la plusvalía municipal (en ayuntamiento): entiendo que es ir al ayuntamiento, pagar lo que toca y listo.

b) Declarar la ganancia patrimonial (en la próxima declaración de renta): me surge la duda de cómo calcular si hemos tenido ganancia patrimonial y sobre todo cómo declararlo en la renta: ¿Qué documentación tendría que presentar en la declaración?

Entiendo que si el vendedor es una única persona la cosa será más sencilla, pero al ser 3 los vendedores no sé si el tema de “papeleos” se complicaría (declaración de renta, etc…).

Así mismo, en una respuesta tuya (del 28 septiembre 2014) mencionas que el vendedor debe tener preparada la siguiente documentación: certificado del administrador de fincas, recibo del IBI, escrituras… además de esto, no sé que más documentos deberíamos tener a mano.

En otra respuesta tuya (12 enero 2015) comentas que estabas preparando un post respecto a los gastos y trámites que debe hacer frente el vendedor. Quizás el post ya lo hayas colgado y queden respondidas muchas de mis dudas :). Te agradecería si me pudieras pasar el enlace en este caso.

Muchas gracias de antemano y un saludo.

[divider scroll_text=»Mario»]

Qué tal Mario, creo que tienes bastante claro los pasos que has de seguir tras la venta de la plaza de garaje, pero si te parece  lo repasamos siguiendo el orden de tus consultas:

Plusvalía Municipal.

Tras la venta tenéis treinta días para liquidar la plusvalía municipal. Para ello te acercas a las oficinas de tu ayuntamiento con una copia simple de la compraventa junto con tu DNI y allí mismo te harán el impreso. No hace falta que vayáis los tres. El siguiente paso es ir a una oficina bancaria y hacer el pago. Una vez tienes el impreso sellado por el banco vuelves al ayuntamiento y lo entregas. Eso es todo.

Ganancia patrimonial.

La regla general dice que la cuantificación de las ganancias y pérdidas patrimoniales para el caso de la venta de una plaza de garaje – o cualquier otra transmisión- está constituida por la diferencia entre el valor de adquisición y transmisión de los elementos patrimoniales.

Bien, entonces has de declarar la ganancia patrimonial en la Renta es simplemente declarar lo que habéis ganado con la venta de la plaza de garaje. Si por ejemplo declarasteis en la Herencia que la plaza tenía un valor de 10.000 euros y la habéis vendido por 16.000 euros, la ganancia ascendería a 6.000 euros y en tu caso como sois 3 propietarios -dando por hecho que lo sois a partes iguales- declararéis una ganancia patrimonial de 2.000 euros cada uno.

Eso es la ganancia bruta…… no te olvides que a esa ganancia le has de restar los gastos que has tenido en el proceso; como veo que esta parte es lo que más dudas te plantea vamos a detallar cuales son esos gastos deducibles por la adquisición y por la posterior venta de tu plaza de garaje:

Gastos deducibles por la Adquisición de tu plaza de garaje.

Al valor que declaraste en el momento de la aceptación de la herencia le has de sumar los tributos propios de la adquisición (IVA o ITP) o en tu caso el Impuesto de sucesiones y Donaciones. 

No olvides sumar los gastos habituales: Notario, Registro, Gestoría y los Honorarios del agente inmobiliario que ha gestionado la venta si fuera el caso.

Es importante tener a mano las correspondientes facturas y guardarlas junto con el resto de documentación por si te piden que los justifiques.

Por último si quieres hilar fino puedes corregir el efecto de la inflación en tu ganancia actualizando el valor de tu plaza de garaje. Para ello has de multiplicar el valor de adquisición de la plaza de garaje por un coeficiente de actualización que depende del año en que aceptaste la herencia o compraste la plaza de garaje. Estos coeficientes los publica la Agencia Tributaria de tu comunidad. Esto último es lo más complicado y para el valor de una plaza de garaje no sé hasta que punto vale la pena que pierdas el tiempo o contrates a un gestor que lo calcule. Pero no está demás que lo sepas. 

Bien, siguiendo con nuestro ejemplo, declaraste un valor de 10.000 euros por la plaza de garaje y pagaste unos 1000 euros entre gastos e impuestos. Si la vendiste por 16.000 euros ya no has de declarar una ganancia patrimonial de 6.000 euros, ahora aplicando las deducciones tu ganancia es de 5.000 euros.

Pero aún hay más…..

Gastos deducibles por la Transmisión de tu plaza de garaje.

Ahora se trata de restar al valor real de la venta (los 16.000 euros de nuestro ejemplo) todos los gastos que son propios de la misma:

Los tributos que en tu caso será la La Plusvalía Municipal

Los gastos habituales de Notaría y Registro si es que habéis pactado que los paga el vendedor (lo más normal es que se haga cargo el comprador) y los gastos del agente inmobiliario si lo hubiese. Nuevamente recuerda guardar las facturas por si debes justificarlos.

Para acabar con nuestro ejemplo, si resulta que la Plusvalía Municipal asciende a 500 euros y el resto de gastos de la venta van a cargo del comprador, tendrás que restar esos 500 euros a los 16.000 euros que te ha pagado el comprador.

En la renta declararás:

Adquisición: 10.000 + 1.000 = 11.000 €

Venta: 16.000 – 500 = 15.500 €

Ganancia Patrimonial: 15.500 – 11.000 = 4.500 €

Como ves ya no son 6.000 euros lo que declararás, tu ganancia patrimonial se ha reducido a 4.500 € que dividido entre 3 personas os toca a 1.500 euros por cabeza y eso es lo que has de poner en la casilla correspondiente de tu renta.

(en el caso que sea propietario de una tercera parte. Si tu madre por ejemplo tuviera un 50% y entre tu hermano y tú el 50% restante tendréis que aplicar esos coeficientes a la ganancia)

Espero que te haya quedado más claro el proceso y la documentación que has de tener a mano por si te piden que justifiques lo que declaras.

Seguimos con el resto de tus dudas:

Documentación que aportará el vendedor de la plaza de garaje

Como vendedor deberás aportar el Certificado firmado por el administrador de la Finca a la que pertenece el parking. ese documento certifica que estás al corriente de pagos con la Comunidad o hace mención a las deudas si las tuvieras.

También deberías aportar el último recibo de IBI pagado y la Escritura de Propiedad, en tu caso de aceptación de Herencia.

Respecto a lo último que comentas te dejo el enlace de la entrada

Saludos y suerte con la venta,

Invertir en Parking Entero en Gracia

PARKING ENTERO DE 32 PLAZAS EN GRACIA

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Ubicación del garaje

El garaje está ubicado  en el distrito de Gràcia,  justo por encima de la Travesera de Dalt, en una zona con mucho movimiento comercial y de residentes.  Las calles de alrededor son de zona azul y verde y la zona es deficitaria de plazas de parking a pupilaje. Es una zona ideal para invertir en un parking entero y no tener problemas para encontrar inquilinos.

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Estado y características del garaje en rentabilidad en Barcelona

El garaje está impecable, es literalmente nuevo, abrió sus puertas en mayo de 2015.

Se trata de un garaje en explotación situado en los bajos de un edificio de viviendas no demasiado antiguo. Tiene una superficie de mil metros cuadrados repartidos en dos plantas a las que se accede por una amplia rampa de acceso. Tiene escalera peatonal y la mayoría de plazas aptas para cualquier vehículo.  No precisa reformas ni mejoras evidentes porque esta actualizado con revisiones de ECA y Bomberos así como permisos de explotación como parking desde el mes de Mayo de 2015. Está en perfecto estado.

Además de las 32 plazas de coche, también dispone de cinco espacios que se están explotando como trasteros. Dispone además de  8 plazas de motos, pudiendo hacer algunas más.

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Explotación  y datos económicos

Las rentas que genera la actividad del garaje provienen de los abonados mensuales.

Las plazas de coche se alquilan a precios que van de los 125 € + IVA a los 150 € + IVA las grandes.

Las motos a 35 € + IVA y los trasteros a 70 € + IVA.

Son precios asequibles para la zona, pero lo que ha primado ha sido el tenerlo ocupado y generando ingresos desde el primer día.

En total los ingresos anuales  ascienden a 54.000 € + IVA 

El total de gastos anuales ascienden a un total de 15.500 € anuales.  Incluyen el VADO, COMUNIDAD, IBI, LUZ, SEGURO, MANTENIMIENTO DE LA PUERA y EXTINTORES. Como cada abonado tiene un mando a distancia para acceder al garaje no es necesario tener contratado ninguna persona, lo que reduce los costes de mantenimiento

El resultado de la explotación  ascendería a 38.500 euros. 

El precio: 850.000 €

La Rentabilidad: 4,5 %

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Valoración del garaje

Se trata de un garaje nuevo -mayo de 2015- ya adaptado a  toda la normativa actual en normativas de seguridad y contra incendios. Está ubicado en Barcelona en un barrio de gran demanda de aparcamiento y en el que las plazas de garaje grandes y aptas para cualquier vehículo son muy valoradas. No hay garajes cercanos ni plazas sueltas en los alrededores que puedan robarnos  clientes, más bien al contrario, pues los clientes del garaje son antiguos usuarios de otros parkings que estaban buscando plazas más amplias e instalaciones más modernas y cómodas.

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Es una buena opción para invertir.

Infórmese sin compromiso de este parking y otros similares

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Lote de 18 plazas de parking en Sabadell Centro, Barcelona

VENTA DE UN LOTE DE PLAZAS DE PARKING EN EL CENTRO DE SABADELL

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Excelente oportunidad para invertir en un lote de plazas de parking que se compone de 18 plazas con capacidad para vehículos medianos y grandes, más dos semiplazas con capacidad para 2 motos en cada plaza

Pasillo.

El lote de plazas de garaje está ubicado en un anexo independiente dentro de un garaje. La zona es muy interesante, a escasos metros de la Rambla de Sabadell. Algunas plazas están ya alquiladas y otras se entregarían vacías, aunque si se deseara todo alquilado no habría problema ya que es una zona con gran necesidad de aparcamiento y demanda de plazas de parking en alquiler.

Vista Frontal Plazas Entrada

Precio del lote: 140.000 € , sale a poco más  de 8000 euros la plaza.

Impuestos por la donación de una plaza de parking

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La donación de una plaza de garaje tiene obligaciones fiscales. Conócelas

impuestos-donacion-plaza-parkingImagina que un  familiar tuyo va a poner a tu nombre una plaza de parking de su propiedad, eso aunque sea un «regalo» se conoce como donación y tiene su propio impuesto: El impuesto de donaciones, o mejor dicho el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) el cual estarás obligado a liquidar tú como favorecido por la donación.

Además del impuesto de donaciones, que como veremos más adelante lo cobra la Comunidad Autónoma, tienes que tener en cuenta el impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana o plusvalía municipal -este lo cobra el ayuntamiento-  y la ganancia patrimonial que vas a tener por incrementar el valor de tu patrimonio con la  donación de la plaza de parking y que puede tener efecto en tu declaración de la renta.

1) Impuesto de Donaciones y Sucesiones.

La Base Imponible la establece la Ley estatal y es igual para todos.

Para calcular la cuantía del impuesto primero debes calcular el importe patrimonial que has tenido por la donación. Es decir el valor real de la plaza de garaje al que has de descontar las cargas que puedan deducirse. Eso sería la base imponible del impuesto de sucesiones y donaciones, es igual para todos ya que la establece la Ley estatal (Ley 29/1987, del 18 de diciembre del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones)

La Base Liquidable depende de cada Comunidad Autónoma

A esa base imponible se le aplican unas reducciones y bonificaciones que varían en función del lugar donde esté la plaza de parking, ya que  se trata de un impuesto que está transferido totalmente a las comunidades autónomas. Entonces son éstas las que tienen las competencias para regular y aplicar las tarifas, deducciones y bonificaciones del impuesto de sucesiones y donaciones. Algunas comunidades como Madrid lo han suprimido o cobran una cantidad simbólica mientras que otras comunidades tienen diferentes tarifas.

Échale un vistazo al modelo 651 que tendrás que presentar en un máximo de 30 días desde que recibas la donación de la plaza de garaje, y si lo ves complicado busca el asesoramiento de tu gestor.

2) Plusvalía Municipal

Como se trata de un bien inmueble y supuestamente urbano, la donación de la plaza de parking estará afecta al al Impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana o plusvalía municipal. En este caso tendrás que liquidar al ayuntamiento – como beneficiario de la donación de una plaza de parking-  una cantidad que será proporcional al valor del suelo y a  los años que tuvo a su nombre la plaza de garaje la persona que te ha hecho la donación. Aquí no esperes ninguna bonificación como en el caso anterior, en todo caso estate preparado para recibir un susto ya que algunos ayuntamientos han elevado este impuesto a cantidades importantes.

3) Ganancia Patrimonial, IRPF.

Como habrás tenido una ganancia patrimonial al recibir la donación de una plaza de garaje tendrás que tributar por ello en la Renta. La ganancia patrimonial será igual al valor de la plaza de parking que has recibido al que le restaremos los gastos que te ha ocasionado y todo ello matizado por los coeficientes reductores, de actualización……  es un cálculo bastante complejo y es aconsejable que los calcule un experto en temas fiscales, tu gestor podrá asesorarte convenientemente.

Afecciones fiscales en la nota del registro y otras consultas

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Hola Daniel

Primero agradecerte tu blog y que compartas todos estos conocimientos desconocidos para la gran mayoría de nosotros; segundo «aprovecharme» de estos conocimientos con una duda que tengo: El próximo Martes tengo intención de comprar una plaza de parking y al comprobar el registro de la propiedad hay un par de cosas que desconozco aunque todo parece estar bien una de ellas son las afecciones (No puedo adjuntar archivos sino te adjuntaría el PDF), que me puedes comentar al respecto?
Muchas gracias por tu tiempo,
[divider scroll_text=»Héctor»]

Hola Héctor, ante todo te pido disculpas por no haber contestado antes, me imagino que ya debes haber comprado la plaza de parking. No te preocupes por las afecciones fiscales, es algo que añaden los registradores a la nota registral cada vez que se transmite un inmueble, lo hacen sistemáticamente para avisar a los compradores que el inmueble está afecto al pago del impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) y recordar que si no lo liquidan respondería la finca en última instancia.

Esta responsabilidad afecta a la finca durante cinco años. Por lo tanto si han pasado más de cinco años desde esa anotación ya no te afecta. En caso que no hayan trascurrido los cinco años, para tu seguridad puedes pedir al propietario de la plaza de parking que vas a comprar que te muestre el pago del ITP por que si no lo liquidó  ahora serás tú (con la plaza de parking) responsable subsidiario de la liquidación de ese impuesto.

No es algo que deba preocuparte, son anotaciones que se ponen para asegurar el cobro de los impuestos y en tu caso piensa que  si no se hubiera hecho el pago del ITP el registrador no habría inscrito la plaza -ya que para hacerlo debe llevar las pegatinas de la liquidación del impuesto- .

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Hola hace dos años cogí una plaza de parking de alquiler y en el contrato me ponía la duración del contrato era de un año renovable (de mayo 2013 a mayo 2014),
la 2ª condición pone que el contrato será prorrogables finalizado cada año avisando con 30 días antes de antelación, y la 3º si antes de su terminación renuncia tendría que abonar la indemnización por la cantidad de la renta que corresponde año plazo pactado y que quedara obligado por cumplir el año en curso. Y ahora que le digo que quiero dejar el parking me amenaza con ir a juicio si no le pago hasta mayo del 2016. ¿Esto es así en verdad? yo pensaba que solo era el primer año obligatorio.

[divider scroll_text=»francisco»]

Hola Francisco, lo normal sería que el obligado cumplimiento del contrato se limitara  los seis primeros meses, o al primer año. Me parece un abuso lo que comentas, pero si dices que figura una indemnización por escrito que lo especifica y la firmaste…. no lo sé…. desconozco como está redactado el contrato pero te adelanto que este tipo de conflictos se originan por las diferencias de criterio a la hora de interpretar las clausulas. Es algo muy habitual que cada parte lo vea desde su punto de vista. Precisamente para eso son los juicios, para que alguien imparcial se pronuncie a favor de uno o del otro. No obstante me parece que en este caso es una solución un poco exagerada, personalmente creo que lo que quiere es asustarte.

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Hola, tengo un piso y una plaza de parking en la misma escritura y ahora necesito vender el parking, está valorado aproximadamente en 6000 euros porque es de protección oficial cuanto me puede costar escriturarlo.
gracias

[divider scroll_text=»Silvia»]

Hola Silvia, si necesitas vender el parking deberás preguntar en tu ayuntamiento cuál es el procedimiento a seguir para trasmitir la propiedad o el derecho de uso de un inmueble de protección oficial. Cada municipio tiene sus modos de proceder para estos casos. Si lo tienes en la misma escritura que el piso entiendo que también la vivienda es de protección oficial. Quizás no permitan desvincular el parking del piso o quizás puedas hacerlo pagando una cantidad o quizás debas esperar a que se cumpla un plazo determinado de años para que puedas transmitir el parkig…. lo mejor es que preguntes en tu municipio para saber cuales son sus mecanismos de venta de inmuebles de protección oficial.

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Hola Daniel.

Mi consulta es sobre una plaza de garaje que me ofrecen y me interesaría adquirirla como inversión pero no se si merece la pena.
Esta situada en Madrid en zona entre Delicias y Méndez Alvaro, en la calle Ramírez de Prado , el edificio es de prácticamente nuevo unos 10 años en urbanización cerrada con vigilancia 24 horas, en el primer sótano , pero la plaza es estrecha y algo difícil para aparcar.
Me piden 20 mil euros y tiene 40 euros mensuales de comunidad.
Yo el precio lo veo bien pero la comunidad es lo que me tira para atrás.
Como lo ves? Gracias.

[divider scroll_text=»Ivan»]

Hola Ivan,

En esa zona una plaza de 20.000 euros no es ningún chollo, y menos si la compras como inversión pues los elevados gastos de comunidad no compensarán el alquiler que saques – por mucho que la finca sea moderna y tenga muchos servicios-

Si no tienes prisa busca otras opciones en ese barrio o en otras zonas de Madrid, te aconsejo paciencia a la hora de invertir y el consejo de un profesional que conozca el mercado.

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Compré una vivienda por la que pagué el 6% por ITP, ya que aunque era una vivienda nueva había estado alquilada más de dos años. En la misma urbanización compré una plaza de garaje pero he pagado el 21% de IVA más el 1% de AJD. Tengo entendido que la plaza de garaje comprada a la vez que la vivienda en la misma urbanización tributa igual que la vivienda. Lo he reclamado a Hacienda y me ha venido denegado. ¿Es esto normal?.

[divider scroll_text=»Angeles»]

Hola Angeles, deberías haber hecho la compra en el mismo acto para no tener problemas. No sé si lo has hecho así o compraste la plaza y el piso en días diferentes. Por otro lado la Ley dice que han de estar en el mismo edifico….  desconozco si la exención del IVA en la compra de plazas de garaje afecta también a las que están en la misma urbanización. Es algo que nunca me había planteado, si haces la consulta te agradecería lo compartieras aquí.

gracias

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Garaje en Rentabilidad en Barcelona, Meridiana – Clot

INVERTIR EN UN GARAJE EN RENTABILIDAD EN BARCELONA DE 42 PLAZAS

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Ubicación del garaje

El garaje está ubicado en  la zona de Navas junto a la avenida Meridiana.  El aparcamiento en las calles adyacentes está regulado con zona azul y verde, además en la zona no hay garajes a pupilaje por lo que las 42 plazas del garaje en rentabilidad en Barcelona que presentamos están siempre rozando el 100% de ocupación.

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Estado y características del garaje en rentabilidad en Barcelona

 

El aparcamiento es el clásico garaje en rentabilidad de pequeño o mediano tamaño. Tiene una capacidad para 42 plazas de coche, todas ellas son amplias y de fácil acceso.  Su superficie es de 1.100 metros cuadrados y ocupa dos plantas. Cada planta tiene su propia  puerta de acceso  independiente para los vehículos. Ambas plantas se comunican  por una escalera interior.  El parking está en perfecto estado y eso es algo muy positivo y no siempre habitual  para un garaje en rentabilidad en Barcelona, no necesita más cuidados que los estrictamente necesarios en el día a día.

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Garaje en explotación en Barcelona: Explotación  y datos económicos

El garaje se explota mediante abonados mensuales: hay 35 coches que pagan una tarifa mensual promedio de 70 €  (se trata del precio neto al que hay que sumar su correspondiente I.V.A)

Estos inquilinos son en parte vecinos de la zona que se ubican en los alrededores, con las que existen algunos acuerdos y contratos estables de larga duración.

El garaje en explotación en Barcelona presenta unos ingresos que a día de hoy ascienden a 29.000 € anuales.

Al tener cada inquilino un mando para acceder al garaje no es preciso la contratación de personal lo cual reduce mucho los costes de mantenimiento que son 9.000 €  anuales.

Por lo tanto el resultado de la explotación del garaje es de 20.000 € anuales aproximadamente.

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Valoración del garaje en explotación

El precio del garaje es de  450.000 € y  sus cifras de explotación nos parece un precio interesante ya que la rentabilidad es del 4,4 %, una buena opción para inversores que quieran diversificar o inversores que quieran adquirir su primer garaje y buscan un negocio sencillo sin complicaciones en su gestión y con unos interesantes ingresos desde el primer día.

por otro lado la ubicación y estado del garaje en explotación son óptimos y el precio por plaza sería entre 10.000 y 11.000 euros, una buena oportunidad como inversión inmobiliaria con grandes posibilidades de revalorización si  lo que se pretende es segregar las plazas y venderlas sueltas.

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Infórmese sin compromiso de este parking y otros similares

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Lote de Plazas de Parking en Passeig de Gracia

LOTE DE PLAZAS DE PARKING EN PASSEIG DE GRACIA

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Gran oportunidad para invertir en un lote de plazas de parking en Passeig de Gràcia,  la calle más emblemática y céntrica de Barcelona. Consta de 3 plazas de garaje grandes de 4,60 m, con pasillos cómodos. Están situadas en la zona con mayor dificultad de aparcamiento en Barcelona y donde las plazas de parking son más caras y exclusivas.

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Precio por cada una de las 3 plazas de parking: 33.000 € 

El precio es una verdadera oportunidad y existe la  posibilidad de adquirir el lote de  plazas de parking y también de comprar cada una de las tres plazas de parking sueltas. En el caso de comprar las tres plazas juntas el precio tendría un ligero descuento.

Vende una empresa, por lo que podría hacerse la venta por IVA o ITP según convenga,

Entrada Parking C. Valencia

Plazas

Qué Impuestos se pagan por Alquilar Plazas de Garaje

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FISCALIDAD PLAZAS DE GARAJE

«Quisiera conocer cuáles son las obligaciones tributarias del arrendador de una plaza de garaje
«¿Es requisito darse de alta como empresario?», «¿Tengo que declarar el IVA por el alquiler de mi plaza de garaje si solamente tengo una?»,  «¿Qué gastos puedo deducir del alquiler de una plaza de garaje?», «¿Se paga el IVA del alquiler del parking si el contrato es entre particulares?»…

La fiscalidad que afecta al alquiler de las plazas de garaje es un tema recurrente en muchas de las de preguntas planteadas por los lectores de este blog. Aprovechando que  las preguntas casi siempre son las mismas vamos a tratar de responder de forma general  a todas ellas de un modo muy sencillo y que sea comprensible para todos.

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Para empezar…

¿Tiene obligaciones tributarias el arrendador de una plaza de garaje?

Si, el alquiler de plazas de garaje hay que declararlo y está sujeto al pago de impuestos:  IRPF e IVA

 

1) El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF

En la declaración de la renta tenemos que incluir los ingresos obtenidos por el alquiler de las plazas de garaje alquiladas. Se trata de una renta inmobiliaria y tenemos que declararla del mismo modo que hacemos con las rentas del ahorro (los intereses bancarios) y las rentas del trabajo (el salario percibido).

Si nuestra plaza la alquilamos por 100 euros + IVA cada mes (el IVA siempre aparte) tendremos unos ingresos de 1200 euros anuales que habrá que incluir en la declaración de la renta del año próximo. 

Pero ojo, de esa cantidad tenemos que restar los gastos que nos ha ocasionado el alquiler nuestra plaza de garaje….

 

¿Podemos deducirnos algún gasto del alquiler de la plaza de garaje?

Sí, podemos deducirnos todos los gastos que han sido necesarios para que obtengamos las rentas. Es decir los gastos que nos ha ocasionado la actividad de alquiler de nuestras plazas de garajes.

Estos gastos normalmente vienen incluidos en el recibo de la comunidad de Propietarios, por lo que será muy sencillo deducirlos. Solo tenemos que sumar  los importes de los recibos correspondientes a ese año incluyendo las derramas extraordinarias, y el resultado lo restamos de los ingresos obtenidos por los alquileres.

Como no en todas las comunidades de parkings hay un administrador que nos facilite el trabajo, recordemos cuales son esos gastos:

  • Los gastos de mantenimiento del garaje, pintura, limpieza, administrador, etc.
  • Los recibos de suministros de luz y agua.
  • Las primas del seguro del garaje.
  • IBI y tasas de basura. Los impuestos municipales que afectan a la plaza de garaje son deducibles. En ocasiones se pagan de forma conjunta en todo el garaje y el propio administrador nos lo repercute en la cuota. Si no es así tenemos que sumar el importe de esas tasas y deducirlo también del importe obtenido por el alquiler de la plaza de garaje. Las tasas de basura no se aplican en todos los municipios.

 

Siguiendo con nuestro ejemplo, si  la suma de gastos  son 300 euros anuales y el IBI  100 euros anuales, el total de gastos deducibles ascendería a 400 euros anuales.

Como nuestros ingresos por el alquiler de la plaza de garaje ascendían a 1200 euros y nuestros gastos han sido 400 euros, lo que vamos a declarar en el IRPF será una renta inmobiliaria de 800 euros.

 

Otros gastos que no solemos tener en cuenta:

 

  • Los gastos de financiación. Si estamos pagando una hipoteca por la compra de la plaza de parking podremos deducirnos los intereses de la hipoteca…. Pero solo los intereses (no el capital) y solo la parte proporcional a los días en que ha estado alquilado.
  • Los gastos de la agencia inmobiliaria. Imaginemos que la plaza nos la alquiló una inmobiliaria. La factura que nos hizo por la búsqueda del inquilino y la realización del contrato también nos la podremos deducir.
  • Los gastos de amortización del inmueble. Este es un gasto algo complicado de calcular por lo que es mejor consultarlo con nuestro gestor o un profesional fiscal para que nos calcule la cuota. Pero para hacernos una idea se calcula aplicando un porcentaje sobre el 3% del mayor de estos dos valores: el coste del inmueble o el calor catastral sin incluir el valor del suelo.

 

¿Puede ser que tenga más gastos que ingresos?

Claro que puede ser que tengamos más gastos que ingresos. Siguiendo con el ejemplo anterior, si la plaza no la hemos alquilado más que durante tres meses nuestros ingresos (300 €) habrán sido inferiores a los gastos (400 €) y nuestro resultado consecuentemente será negativo: hemos perdido 100 € este año.

Pero no podemos deducirnos más gastos que ingresos. En este caso nos deduciremos como mucho 300 € para compensar los ingresos obtenidos y los 100 € restantes los guardaremos para deducirlos el año siguiente.

En resumen, como arrendadores obtendremos unos ingresos por el alquiler de nuestras plazas de garaje, a esos ingresos les vamos a restar los gastos deducibles y el resultado final lo incluiremos en nuestra la declaración de la renta como una renta inmobiliaria.

pasos tras la compra de una plaza de garaje

 

2) EL IVA

¿El contrato de alquiler de la plaza de garaje está obligado al pago del impuesto del IVA?

La Agencia Tributaria contempla dos posibilidades:

  • Que la plaza de plaza de garaje se alquile como un anexo a la vivienda. En este caso está exenta del pago del IVA
  • Que la plaza de garaje se alquile de forma independiente. En este caso sí tenemos que aplicar el IVA al alquiler de la plaza de garaje.

 

¿Hay que aplicar el IVA aunque el contrato sea entre particulares?

Pese a que los particulares no somos sujetos pasivos de IVA el hecho de alquilar nuestra plaza de garaje nos convierte en empresarios y por lo tanto el alquiler de la plaza de garaje estará sujeto a IVA y nosotros estaremos obligados a declarar ese IVA trimestral y anualmente.

En el caso de alquilar nuestra plaza a una empresa  será la propia empresa la que nos exigirá el recibo con el IVA desglosado para poder deducírselo en sus declaraciones fiscales.

 

¿Qué declaraciones de IVA tenemos que presentar?

Por un lado tenemos que presentar el modelo 303 trimestralmente en el que declaramos el IVA cobrado en ese trimestre y lo  ingresamos en Hacienda. El IVA del primer trimestre lo presentaremos del 1 al 20 de abril, y así sucesivamente el resto de trimestres.

A final de año presentaremos el modelo 390 que es un resumen anual de los pagos efectuados en las declaraciones trimestrales.

 

¿Es requisito darse de alta como empresario?

Sí, tenemos que darnos de alta en el censo de empresarios, pero no es algo demasiado complicado, simplemente tenemos que comunicar a la Agencia Tributaria que vamos a convertirnos en “recaudadores de impuestos” y eso se puede hacer telemáticamente si contamos con un certificado digital o en las propias oficinas de Hacienda donde rellenaremos el modelo 037 .

Esperamos haber aclarado tus dudas y te invitamos a que leas las 13 Consideraciones generales del contrato de alquiler de una plaza de garaje y descargues nuestro modelo de contrato de alquiler de plaza de garaje.

 

Garaje en Madrid por 750.000 € con un 5,5,% de rentabilidad

Garaje de 46 plazas al 100 % de explotación en Arturo Soria

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Ubicación del garaje

El garaje está ubicado en las inmediaciones del Centro Comercial Alcalá Norte de Madrid, próximo al cruce de las calles Alcalá y Arturo Soria y cerca de la estación de metro de Ciudad Lineal. Se trata de un barrio popular con comercios, colegios y mucha vida, lo que le da un valor añadido muy importante al garaje puesto que está al 100% de ocupación e incluso cuenta con una lista de espera de clientes. Esto es algo que se evidencia dando un paseo por la zona ya que las calles de alrededor son todas de aparcamiento regulado y no hay garajes garajes cercanos ni públicos ni privados.

La ubicación pese a no ser céntrica, que siempre es más atractiva para los inversores, es inmejorable por cuanto es prácticamente imposible aparcar y eso es lo que le da un valor especial a un garaje.

APARCAMIENTO EN MADRID

Estado de conservación y características del garaje

El garaje tiene capacidad para 46 plazas cómodas y grandes. Su superficie es de 1.200 metros cuadrados en una única planta. Tiene licencia para las actividades de garaje y lavado de vehículos.

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Está en perfecto estado y no requiere más que los cuidados diarios. En las fotos se puede apreciar la amplitud de las plazas y viales.

APARCAMIENTO DE 46 PLAZAS EN ARTURO SORIA

Explotación del parking y datos economicos

Las rentas que genera la actividad del garaje provienen exclusivamente de los abonados mensuales que producen 58.300 € anuales.

Las plazas de coche se alquilan a un promedio de 85-95 € . Son precios asequibles para la zona.

Cada abonado tiene un mando a distancia para acceder al garaje por lo cual no es necesario tener contratado ninguna persona, lo que reduce los costes de mantenimiento. Estos ascienden a un total de 8.500 € anuales.

Valoración

Teniendo en cuenta lo que pide la propiedad  750.000 €, y dada la ubicación del garaje y sus cifras de explotación nos parece un precio interesante ya que la rentabilidad es del 5,5 %, una buena opción para inversores que quieran diversificar o inversores que quieran adquirir su primer garaje y buscan un negocio sencillo sin complicaciones en su gestión y con unos interesantes ingresos desde el primer día.

Infórmese sin compromiso de este parking y otros similares

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Permuta de plazas de garaje

invertir-parkings-2015

Te planteo mi caso, voy a cambiar mi plaza de garaje más 8.000€ por otras dos plazas de garaje.
¿qué gastos conlleva la “permuta” para ambos?

Gracias por tu ayuda

[divider scroll_text=»Breo«]

 

Hola Breo,

La permuta no deja de ser un intercambio, o como dice el código civil es un «contrato por el cual cada contratante se obliga a dar una cosa para recibir otra» . Lo habitual, como en tu caso, es que los dos bienes que se permutan no tengan el mismo valor y por lo tanto se aporte dinero par compensar esa diferencia de valor (los 8000 euros que vas a dar junto con tu plaza de garaje).

Gastos por la Permuta de las plazas de garaje

La permuta de las plazas de garaje lleva consigo una serie de gestiones e impuestos que deberéis liquidar  los dos intervinientes para poder poner a vuestro nombre las plazas que estáis intercambiando.

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  • El IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES. Te recuerdo que es un impuesto autonómico y por lo tanto variable según la comunidad en la que realices la permuta. .
  • Los HONORARIOS DEL NOTARIO por realizar la escritura de permuta de las plazas de garaje
  • La INSCRIPCIÓN REGISTRAL de las plazas a vuestro nombre.
  • La PLUSVALÍA MUNICIPAL o impuesto sobre el Incremento del Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana.  Ya que os estáis desprendiendo de un Bien….

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Básicamente los gastos que conlleva la permuta de las plazas de garaje es similar a la que tendrías que hacer frente en una compraventa de plazas de garaje, te recomiendo que leas esta entrada en la que los explico con más detalle. Y además tendrás que hacer frente a la Plusvalía Municipal, ya que a la vez que estás «comprando» también estás «vendiendo» una plaza de garaje.

Pero eso no es todo…..¿has tenido una ganancia patrimonial? En el caso en que el precio al que habéis valorado las plazas sea superior al precio al que las comprasteis habrá que declarar esa ganancia en la Renta del año siguiente.

saludos,

 

Vender tu plaza de garaje no debería ser más complicado que aparcar en el centro un sábado por la tarde.

Descarga gratis nuestro checklist con los puntos clave que debes revisar antes de ponerla en venta para evitar problemas.

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