Una vez hemos comprado nuestra plaza de garaje tenemos que afrontar una serie de trámites y obligaciones en la notaría, en la Agencia Tributaria y en Registro de la Propiedad.
No debemos omitirlas si queremos que la plaza de garaje quede inscrita a nuestro nombre en el Registro de la Propiedad y que no nos multen por no haber liquidado los impuestos a tiempo.
Estos son los 3 trámites administrativos tras la compra de una plaza de garaje:
- Notaría: Recoger las escrituras
- Agencia Tributaria: Cumplimentar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (Modelo 600) y pagarlo para que nos sellen la escritura
- Registro de la Propiedad: una vez tenemos sellada la escritura conforme hemos pagado los impuestos tenemos que depositarla en el Registro de la Propiedad para que la inscriban a nuestro nombre
1 EN LA NOTARÍA
Tras la firma de la compra de la plaza de garaje en la notaría te facilitarán una copia simple de la escritura para que tengas constancia por escrito de que la plaza es tuya.
Al cabo de unos días tendrán ya la escritura definitiva de la compra de la plaza de garaje y podrás pasar a buscarla y pagarla (calcula unos 450 euros, puede variar algo dependiendo de la cantidad de hojas que ocupe la escritura, del precio de la compraventa o del número de copias simples que realice, con dos tienes suficiente)
2 LIQUIDACIÓN DE IMPUESTOS
Tienes 30 días hábiles a partir del día siguiente de la compra de la plaza de garaje para liquidar los impuestos, la cantidad dependerá de la Comunidad Autónoma (es un impuesto regional) y de si es una plaza de obra nueva (primera transmisión) o de segunda mano.
OBRA NUEVA:
Aquí todos pagamos lo mismo, el IVA (en estos momentos es el 21% pero ya sabes que puede variar) excepto en el caso que hayas comprado una vivienda también en la misma promoción. En tal caso vincularás la compra de la plaza de garaje a la compra de la vivienda y el IVA será del tipo reducido del 10% que es el que se aplica a la compra de viviendas en España.
Además tendrás que hacer frente al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) que dependerá de la comunidad autónoma pero rondará el 1% del valor de la compraventa.
El IVA lo liquidarás en el momento de la compra de la plaza de garaje y se suma al precio de la plaza de garaje. El IAJD precisa que rellenes un modelo específico que puedes comprar en la Dirección General de Tributos de tu Comunidad Autónoma (o Agencia Tributaria) ya que es un impuesto autonómico. La mayoría de comunidades permiten descargarlo de su WEB.
SEGUNDA MANO: VALOR DE REFERENCIA
Si la compra de la plaza de garaje es una segunda transmisión, tendrás que cumplimentar el modelo 600 que es el correspondiente al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), hacer el pago y presentar la autoliquidación en la Hacienda autonómica donde esté situada la plaza de garaje, pues es un impuesto autonómico y como tal variará mucho de una comunidad a otra (En Catalunya es el 10% y en Madrid el 6%). Lo que no va a variar es el plazo: tienes 30 días hábiles para pagarlo o tendrás que hacer frente a una sanción y un recargo.
Este trámite normalmente puedes hacerlo online (el modelo 600, el pago y la presentación) sin necesidad e trasladarte a la delegación de hacienda.
VALOR DE REFERENCIA:
Desde enero de 2022 Hacienda utiliza el VALOR DE REFERENCIA del Catastro para determinar la base imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP),
Por ejemplo: Si compras una plaza de parking por 20.000 Euros. El ITP no es un % sobre los 20.000 euros que pagas (ya sea el 10% en Barcelona, o el 6% en Madrid).
Has de consultar el valor referencia del catastro para saber sobre que cantidad has de calcular el tanto por ciento (%)
Para ello has de ir a la sede electrónica del Catastro
Y hacer click en: Consulta de valor de referencia,
Luego has de identificarte con alguno de las posibilidades que ofrece el catastro:
Y cuando accedamos nos pedirán que indiquemos la REFERENCIA CATASTRAL de nuestra plaza de garaje, que podemos consultar en el recibo del IBI. Y ya entonces sí se nos mostrará el VALOR DE REFERENCIA catastral de la plaza de aparcamiento.
Siguiendo con nuestro ejemplo, si el VALOR DE REFERENCIA de la sede del catastro fuera 25.000 euros, tendríamos que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en base a 25.000 € y no en base a los 20.000 € por los que hemos comprado la plaza
Hay que indicar que en muchas ocasiones el valor de referencia es superior al valor de compra… y no podremos hacer nada puesto que esto, por ambiguo y polémico que resulte, está recogido en la Ley para… «establecer una valoración justa» … aunque la realidad responda a un afán recaudatorio.
3 INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO
Una vez tienes tu escritura de compra de la plaza de garaje sellada por la Agencia Tributaria conforme has liquidado los impuestos correspondientes te queda el paso más sencillo: Ir al Registro de la Propiedad para inscribirla escritura a tu nombre. Prepara entre 150 y 200 euros aproximadamente -depende del valor de la plaza- cuando te llamen para ir a recogerla, que será al cabo de un par de semanas y listos, ya habrás zanjado los tres trámites tras la compra de tu plaza de garaje.
Y antes de acabar, y si me permites, 3 recomendaciones por si has comprado la plaza de garaje como inversión y estás pensando en alquilarla:
- Es importante que leas toda la información y consejos que tenemos sobre el contrato privado de compraventa de garaje entre particulares
- Para alquilarla rápido nada mejor que anunciarla a tus vecinos con un cartel en el propio parking o en los portales inmobiliarios. Como los más conocidos son de pago te recomiendo www.fotogaraje.com gratuito y especializado en plazas de garaje.
- Y si necesitas un contrato de alquiler de plaza de garaje te recomiendo que uses el más consultado y descargado en España -> Acceder al contrato