¿Cómo calcular el valor de referencia de una plaza de garaje?

Desde enero de 2022 hay un nuevo mecanismo para calcular la base sobre la que pagar el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) cuando compramos una plaza de garaje. Y también se aplica para el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD)

El valor de referencia del parking, o de cualquier otro inmueble, intenta ser un valor similar al de mercado y se basa en la media de los precios de las compraventas similares de la zona en base a los datos que publican las notarías.

En la práctica, por nuestra propia experiencia, en la mayoría de las ventas el valor de referencia es superior al precio pactado entre el comprador y el vendedor de la plaza de parking.

Hacienda nos obliga a liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) por el valor más elevado de estos dos:

  • El valor de Referencia
  • El valor real de la compraventa

Esto significa que en muchas ocasiones debemos liquidar un ITP superior al que nos tocaría. Y esto es injusto para el comprador, quien debe liquidar el impuesto…. aunque para Hacienda no se trate de una subida de impuestos sino de un mecanismo más transparente y justo

¿Cómo conocer el valor de referencia de tu plaza de parking?

Es muy sencillo, puedes consultarlo en la Sede Electrónica del Catastro donde primero tendrás que autentificarte con los datos de tu DNI o tu certificado digital.

Luego nos preguntarán la fecha para la que queremos conocer el valor de referencia de la plaza de garaje y completar el campo que nos solicita la Referencia Catastral, que podemos encontrar en el recibo del IBI.

¿Qué pasa si no hay valor de referencia de mi plaza de garaje?

Si tu plaza de parking no tiene valor de referencia estarás obligado a tributar como se hacía hasta ahora, por el valor de mercado. Recuerda que por muy barato que compres el aparcamiento hay un valor mínimo para declarar. Te lo explico aquí.

¿Qué pasa si vendo por debajo del valor de referencia de catastro?

Aquí surgen los problemas. Hacienda no tiene en cuenta las características particulares de la plaza de garaje que has comprado, y pueden manifestarse notables diferencias entre el valor de mercado real por el que la has comprado y el valor de mercado que considera Hacienda que tiene el parking.

Por ejemplo, Hacienda dará el mismo valor de mercado a dos parkings de una misma zona aunque uno tenga una columna que no permita el paso de coches grandes. O uno esté recién pintado, con la iluminación y el suelo en perfecto estado mientras que el otro precise reformas urgentes porque se está cayendo a trozos

Es evidente que en un caso la plaza se venderá a un precio muy inferior a la otra, por sus características propias (la columna que dificulta la maniobra) o estructurales (el aparcamiento está en mal estado y precisa reformas), pero Hacienda le dará el mismo valor de referencia que a la plaza en mejor estado.

Tienes dos posibles soluciones:

  • Tributar por el valor de referencia oficial e iniciar un procedimiento de reclamación contra Hacienda. Opción para valientes
  • Tributar por el valor de la escritura y asumir que recibirás una sanción de Hacienda cuan do haga la comprobación. No tiene sentido porque acabarás pagando lo que te tocaba… más la multa

6 PASOS PARA LA VENTA DE UNA PLAZA DE GARAJE ENTRE PARTICULARES

Si has decidido vender tu plaza de garaje entre particulares, necesitas conocer los pasos a seguir y los documentos necesarios para poder vender tu parking sin problemas. Toma nota:

1. ANUNCIAR TU PLAZA DE GARAJE

Lo más efectivo es anunciar tu plaza de parking en los principales portales inmobiliarios. Es el principal lugar donde los compradores buscan y por lo tanto es donde debes estar.

Prepara unas buenas fotos del parking donde se vea el tamaño de coche que puede aparcar, y rellena todos los campos del anuncio con una buena descripción. Cuanta más información, mejor.

Es ideal que estés en la mayoría de los portales posible. En los más importantes, especializados en anuncios inmobiliarios y también en el resto de los tablones de anuncios en los que se oferta de todo. Nunca sabes dónde está el comprador de tu plaza así que pónselo fácil y anúnciate en todos lados.

Esta técnica pese a ser la más efectiva tiene algunos puntos en contra:

  • Es caro, a menos que quieras limitarte a portales gratuitos
  • Hay que dedicarle tiempo para insertar los anuncios en todos los portales
  • Hay que dedicarle mucho tiempo… Pues recibirás una gran cantidad de llamadas y emails que tendrás que contestar, muchos de ellos de vecinos curiosos que solamente te harán perder el tiempo. Muchos otros serán de agentes inmobiliarios.
    Tienes que dedicarle un tiempo a revisar, contestar y filtrar a los interesados antes de hacer las visitas al parking.

Pero una vez te has lanzado a ello conseguirás visitas y podrás encontrar a tu comprador.

Aunque esto es solo el primer paso de un largo camino que acaba de empezar y que culminará en la notaría.

2. APALABRAR LA VENTA: LA SEÑAL O CONTRATO DE ARRAS

Una vez has llegado a un acuerdo con la persona que va a comprar tu plaza de garaje lo más normal es que necesitéis un tiempo para preparar la documentación, conseguir el dinero, y organizar la venta con la notaría.

Formalizar vuestras intenciones con un documento es la mejor forma de comprobar si la propuesta va en serio y evitarás tener que retirar los anuncios y paralizar la venta sin ninguna garantía

Para garantizar que ninguna de las dos partes se arrepienta y se vaya al traste la  compraventa, lo aconsejable es redactar un documento de señal o un contrato de arras. En este caso el comprador te dejará una cantidad de dinero a cuenta del precio pactado y si se arrepiente la perderá. Por otro lado, si tú decides no vender tendrías que indemnizarle con el doble de la señal que te entregó.

La señal es un documento más sencillo mientras que el contrato de arras es más formal. Están fundamentados en artículo 1454 del Código Civil:

«Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas»

El Código civil español regula las arras penitenciales para el contrato de compraventa en su artículo 1454

En otras ocasiones tendrá confianza con la persona que va a comprar y no hará falta que solicites una reserva, pero poneros un plazo de tiempo para que no se alargue en exceso el proceso. Hay algunas personas por muy cercanas que sean que suelen aprovecharse de la confianza.

En cuanto al importe de la señal, ha de ser una cantidad con la que os sintáis cómodos los dos. Para una plaza de garaje entre 500 y 2000 euros es más que suficiente dependiendo del valor de la plaza y lo rápido que vayáis a ir al notario.

3. RECOPILAR LOS DOCUMENTOS LEGALES PARA VENDER UNA PLAZA DE GARAJE EN ESPAÑA

Una vez has llegado a un acuerdo con la persona que va a comprar tu plaza de parking necesitas recopilar una serie de documentos.

Esta es la parte más delicada para la mayoría de la gente y es donde más se valora contar con un buen asesoramiento.

En el caso de que tengas deudas tendrás que liquidarlas o llegar a un acuerdo con la persona que vaya a comprar pues junto con la plaza de garaje también va a quedarse con las deudas y se las van a reclamar sí o sí.

Estos los documentos para la venta de una plaza de garaje entre particulares

  • Escritura de compraventa original
  • Certificado de la Comunidad en que conste que no tienes deudas  pendientes: En caso de temer deudas, la comunidad las reclamará al nuevo comprador. Lo has de solicitar al Administrador de Fincas del aparcamiento.
  • Recibo del pago del IBI. El ayuntamiento reclamará al nuevo comprador las deudas en los recibos del IBI. Así que tendrás que ponerte al día antes de vender.
  • La nota simple. Es un documento en el que constan los datos de los propietarios, la descripción del aparcamiento, y el estado de cargas, préstamos o afecciones urbanísticas. Este documento hay que solicitarlo al Registro de la Propiedad.

En el caso de tener algún préstamo que recaiga sobre la plaza de garaje:

  • Certificado de deuda cero. Es un documento emitido el banco que acredita que no tenemos ninguna deuda contraída. Es decir, si tenías un préstamo, este documento certifica que ya lo has liquidado y no debes nada
  • Escritura de cancelación de hipoteca o préstamo. Con el certificado de deuda cero podremos solicitar al notario una escritura de cancelación que luego llevaremos al registro para hacer desaparecer esa carga.

4. FIRMA ANTE NOTARIO

Este es el paso más importante y también el más sencillo si has hecho todo lo anterior correctamente

Previamente al acto de firma de la venta de la plaza de garaje entre particulares, debes  haber facilitado toda la documentación que hemos explicado antes al oficial de la notaría para que comprueben que todo es correcto.

Una vez leída la escritura de compraventa recibirás el importe pendiente de pago y entregarás un juego de llaves o mando a los nuevos propietarios.

En la notaría y tras la firma has de recoger una copia simple de la escritura para tener un “justificante” de la venta y liquidar los impuestos

5. AVISAR A LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

Tras la venta de la plazas de aparcamiento debes avisar a la Comunidad de Propietarios para que sean conocedores de que hay una nuevo propietario y no te pasen a ti más recibos. Generalmente es suficiente con notificárselo al administrador de Fincas.

El artículo 9.1. de la Ley de Propiedad Horizontal dice que es obligación de los propietarios comunicar al administrador de fincas o al secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el cambio de titularidad de la la plaza de aparcamiento.

6. PAGAR LA PLUSVALÍA TRAS LA VENTA DE TU PLAZA DE GARAJE ENTRE PARTICULARES

Este es el último de los pasos que debes dar para concluir satisfactoriamente el proceso de venta de tu plaza de garaje entre particulares. Has de realizar el pago de la plusvalía municipal. Es un importe que depende del valor catastral del parking y del tiempo que has sido propietario desde que lo compraste.  En el caso de haber vendido por menos precio estás exento pero igualmente has de realizar el trámite.

Tienes un plazo de 30 días para liquidar el impuesto y presentarlo.

CONCLUSIONES:

Vender una plaza de garaje entre particulares es algo muy habitual con las herramientas actuales que proporciona internet, tiene sus cosas buenas y otras que no lo son tanto:

👍 Te saldrá más barato que contratar una agencia inmobiliaria  

👎 Conlleva una serie de trámites que pueden llegar a ser muy engorrosos si no dominas el tema del papeleo. Esto puede ser muy estresante si no estás acostumbrado a estas gestiones…. y más aún cuando surgen los inevitables contratiempos. Al final lo barato puede resultar caro

👎 Además, necesitarás tener tiempo para contestar las llamadas y los emails que recibirás de los interesados en tus anuncios.  La mayoría son curiosos que solamente te harán perder el tiempo, como tus propios vecinos, lo que es muy frustrante. Otras veces serán llamadas de comerciales de agencias inmobiliarias. Y tiempo también para preparar todos los documentos de venta de la plaza de garaje.

👉 Si tienes el tiempo y los conocimientos adelante! Y si necesitas ayuda pero no quieres una agencia inmobiliaria, en Parkingya llevamos más de 20 años asesorando a compradores y vendedores en plazas de garaje y aparcamientos enteros

¿Cómo se calcula el valor mínimo para escriturar una plaza de garaje? Actualizado 2023

Seguro que has odio hablar del valor mínimo de escritura de un inmueble. Es el valor que declaras en la notaría por la compra de tu plaza de garaje, o vivienda.

Como te hemos comentado en un anterior post ese valor puede ser tan bajo que no lo acepte la administración tributaria y salte la alarma. Es así, si escrituras la compra de tu plaza de garaje por debajo del precio mínimo de escrituración te llegará a casa un carta de hacienda con una propuesta de liquidación complementaria.

Recuerda el ejemplo que te pusimos en ese artículo:

«Compras una plaza de garaje en Barcelona  por 10.000 euros y declaras ese valor en la escritura. Cuando liquides el 10% en concepto de ITP  la cantidad a ingresar será de 1000 euros (el 10% de 10.000).

Resulta que según la valoración de la Administración Tributaria catalana esa plaza de parking tiene un valor de 15.000 euros.

Por lo tanto al cabo de unos meses te llegará, sí o sí, una propuesta de Liquidación Complementaria en la que te comunicarán que según sus tablas deberías haber pagado impuestos por valor de 1.500 euros (el 10% de 15.000) y por lo tanto tienes que pagar los 500 euros que les adeudas (el 10% de 5000) más una cantidad en concepto de intereses….«

Así que volvemos a insistir en ello: Aviso para navegantes:

Según el BOE, en su artículo 134: Práctica de la comprobación de valores.

«La Administración tributaria podrá proceder a la comprobación de valores de acuerdo con los medios previstos en el artículo 57 de esta ley, salvo que el obligado tributario hubiera declarado utilizando los valores publicados por la propia Administración actuante en aplicación de alguno de los citados medios.»

Te estarás preguntando ¿Cómo se calcula el valor mínimo para escriturar? ¿cuál es el valor mínimo para escriturar?

A continuación te vamos a facilitar los links a la Agencia Tributaria dede cara Comunidad Autónoma para que puedas calcular el valor mínimo de escritura

Así que antes de escriturar tu plaza de garaje comprueba que lo haces por el valor correcto.

NOVEDAD: EL VALOR DE REFERENCIA

Desde enero de 2022 hay un nuevo mecanismo para calcular la base sobre la que pagar el ITPP: El valor de referencia,
puedes consultarlo en la Sede Electrónica del Catastro donde primero tendrás que autentificarte con los datos de tu DNI o tu certificado digital.
Mira esta entrada donde lo explico mejor: https://www.parkingsygarajes.com/como-calcular-el-valor-de-referencia-de-una-plaza-de-garaje/

Madrid luchará contra el uso fraudulento de las plazas de garaje para residentes.

El Ayuntamiento de Madrid se ha puesto acabar con el uso fraudulento de las plazas de garaje para residentes.

Han sido las denuncias vecinales las que han presionado al ayuntamiento para poner fin a las prácticas ilegales/usos irregulares en los Aparcamientos Públicos de Madrid (PAR). En concreto las denuncias han alertado al ayuntamiento sobre el realquiler de las plazas de concesión administrativa para residentes y la venta en el mercado de segunda mano.

Existe una plataforma llamada “Fraudepar” creada por un grupo de vecinos para denunciar estas irregularidades en los muy solicitados aparcamientos de plaza de Ramales o Opera

El principal problema que se ha encontrado el ayuntamiento es la falta de pruebas por lo que para iniciar las inspecciones necesita la colaboración de las empresas concesionarias y de las comunidades de usuarios de plazas de residentes.

En primer lugar, los inspectores administrativos están solicitando las matrículas autorizadas con el objetivo de comprobar si las plazas están siendo ocupadas por sus titulares o realquiladas a terceras personas.

El mensaje es claro: los vecinos y usuarios de los aparcamientos de residentes han de tomar consciencia e implicarse, ¿Cómo? Denunciando estas prácticas.

Por otro lado, el ayuntamiento esta solicitando que actualicen o instalen lectores de matrículas para acceder a los aparcamientos de residentes

Estas actuaciones irán acompañadas de otras informativas mediante la colocación de carteles informativos en los que se notifica a los usuarios de la realización de inspecciones y de las consecuencias del uso indebido de las plazas de aparcamiento.

Los expedientes sancionadores irán acompañados de multas económicas y en caso de reincidencia podría incluso revocarse el derecho de uso de la plaza.

El ayuntamiento está depurando las listas de espera de usuarios para conocer la demanda real de plazas para residentes en cada aparcamiento. Posteriormente la idea es realizar las primeras inspecciones en aquellos aparcamientos para residentes con mayor lista de espera, como pueden ser los de Chamberí y Arquitecto Ribera.

El contrato privado de compraventa de plaza de garaje entre particulares

El contrato privado de compraventa de plaza de garaje entre particulares

Si vas a comprar o vender una plaza de parking es importante que leas toda la información y consejos que tenemos sobre el contrato privado de compraventa de garaje entre particulares

El contrato privado entre particulares se podría definir como un contrato preparatorio previo a la futura formalización de la escritura de compraventa ante notario.

Es un contrato sencillo entre comprador y vendedor sin demasiados formalismos, pero vinculante y con eficacia jurídica, por lo que es aconsejable que estés informado de todas sus cláusulas.

¿Qué es un contrato de compraventa?

El contrato de compraventa es un documento entre dos partes en el que ambas se obligan por su propia voluntad y de mutuo acuerdo a lo siguiente:

  • Comprador: se obliga a comprar la plaza de garaje a cambio de un precio estipulado
  • Vendedor: se obliga a entregar la propiedad de la plaza de garaje al comprador a cambio del precio estipulado.

Con la firma del contrato privado entre particulares aún no se entrega la plaza de garaje, solamente se pactan los acuerdos entre ambas partes (precio, pago a cuenta o señal, forma de pago, día de la firma, etc.). Es un contrato sencillo y previo a la futura formalización de la escritura de compraventa ante notario.

Regulación del contrato de compraventa

El contrato de compraventa está regulado por el  artículo 1445 del Código Civil:

“Por el contrato de compra y venta uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente”.

El objeto, la cosa y precio en el contrato de compraventa

El objeto del contrato de compraventa es la obligación del vendedor consistente en la transmitir la cosa, en nuestro caso la plaza de garaje y la obligación del comprador consistente en dar el precio.

¿es legal el contrato de compraventa privado entre particulares?

El contrato privado de compraventa de plaza de garaje entre particulares es completamente legal y por lo tanto las partes se verán obligadas a cumplir con lo firmado… siempre y cuando no aparezcan cláusulas al margen de la ley, porque en ese caso se consideraría ilegal y, por lo tanto, el contrato no sería válido.

¿Se puede inscribir en el registro de la propiedad un contrato de compraventa privado?

No, el contrato privado de compraventa no es inscribible en el Registro de la Propiedad. Para inscribirlo en el registro deberías elevarlo a escritura pública notarial.

¿Se pagan impuestos en el impuesto de compraventa?

La teoría

Ya sea un documento privado entre particulares o un contrato elevado a público ante notario, todo contrato de compraventa debe pagar sus correspondientes impuestos de transmisiones patrimoniales si la plaza de garaje es de segunda mano o el IVA si es una primera transmisión del promotor de la obra.

La práctica

En la mayoría de las ocasiones no se suelen pagar los impuestos del contrato privado ya que Hacienda desconoce la existencia de este. Lo más habitual es que los particulares se esperen a pagar los impuestos hasta el momento de la compraventa ante notario.

¿Cómo redactar un contrato de compraventa de plaza de garaje?

Estos son los puntos clave que no deben faltar en tu contrato de compraventa:

Datos de comprador y vendedor:

El primer punto de cualquier contrato es la identificación de las partes: Nombre, DNI, estado Civil, domicilio, y a poder ser teléfono y mail para poder tener el máximo de facilidades de comunicación

¿Los vendedores son un matrimonio casado en gananciales?

En ese caso tendrán que firmar ambos cónyuges

¿Compra o vende una sociedad?

En ese caso firmará el representante legal y tendrá que demostrar que lo es aportando los poderes. Esto mismo sucedería si firma un particular en nombre de otro.

Herederos

Si quien vende la plaza de garaje son los herederos del propietario tendrán que aportar la escritura de aceptación de herencia y haber abonado el impuesto de Sucesiones

Descripción de la plaza de parking

Una vez estéis los firmantes identificados el siguiente paso es identificar la plaza de garaje objeto de la compraventa: Dirección del aparcamiento, número de plaza y de sótano. Así como los datos del registro de la propiedad.

Es importante contar con una nota del registro de la propiedad que verifique quién figura como propietario real de la plaza.

También puedes poner la referencia catastral que aparece en el recibo del IBI

cargas de la plaza de parking

Deben figurar en el contrato las posibles cargas que afecten a la plaza de aparcamiento: hipotecas, préstamos, ¿tiene inquilino? ¿Está al corriente de pagos de cuotas de comunidad, arbitrios y tributos?

Nuevamente es muy importante solicitar la nota simple del registro para ver si estado de cargas.

En el caso de haber cargas o deudas pendientes es importante hacer constar en el contrato privado de compraventa que serán abonadas por el vendedor antes de la compraventa ante notario.

Gastos derivados de la compraventa del garaje

En el contrato tenemos que especificar quién se hará cargo de los gastos derivados de la compraventa. Lo normal es que el comprador se haga cargo de los impuestos de IVA o ITP y del registro de la propiedad. El vendedor se hará cargo de la plusvalía

¿Y el notario? El caso de los gastos de notaría es algo particular ya que la ley dice que los gastos de otorgamiento de la escritura de compraventa son de cuenta del vendedor y los gastos de la primera copia de la escritura son de cuenta del comprador. Esto es lo que se conoce como “gastos según ley”.

Pero en la práctica no siempre es así y dependiendo de las costumbres de cada comunidad autónoma puede ser lo habitual que los pague el comprador, a medias o “según ley”

Por lo tanto, es conveniente dejar claro qué parte se encargará del pago de cada uno de los gastos de la compraventa

Pagos a cuenta, Señal o Arras

En el contrato de compraventa el comprador suele entregar una cantidad a cuenta del precio final. Tenemos que especificar la cantidad y el tipo de arras. Estas pueden ser penitenciales o confirmatorias.

En el contrato de compraventa las arras son confirmatorias. Las arras confirmatorias obligan al cumplimiento del contrato, en caso contrario o acabaremos ante el juez para que nos obligue a comprar o vender tal y como nos comprometimos en el contrato privado.

La otra opción es hacer un contrato de penitenciales. Las arras penitenciales permiten el desistimiento del contrato a cambio de una “penitencia”. En el caso del comprador esa penitencia consiste en la pérdida de las arras si no compra la plaza de garaje. En el caso del vendedor tendría que devolver el doble de las arras si desiste de la venta del garaje.

Lo más normal son las arras penitenciales, éstas no obligan a comprar ni vender la plaza de garaje, pero para que sean realmente penitenciales hay que remarcarlo en el contrato citando  la norma legal que las regula en nuestro Código Civil, el artículo 1.454.

El precio

Lógicamente hay que señalar el precio al que se realizará la compraventa. De ese precio se descontarán las cantidades entregadas a cuenta.

Fecha

Haremos constar la fecha de la firma del contrato privado y la fecha en la que se realizará la futura compraventa ante notario.

La fecha de entrega de la plaza de aparcamiento suele coincidir con la entrega de tras hacer el pago en la notaria (a menos que se pacte otra cosa)

Resumen del contrato de compraventa de plaza de garaje: 6 puntos clave

Como resumen de los datos que no pueden faltar en tu contrato privado de compraventa de parking entre particulares:

  1. Descripción de los firmantes
  2. Descripción de la plaza de garaje
  3. Precio de la compra
  4. Forma de pago (arras + resto en la notaría)
  5. Especificar quién asumirá los gastos de escritura y notaría.
  6. Fechas del contrato privado, de la escritura notarial y de la entrega del bien.

¿Necesitas ayuda con tu contrato?

Si vas a vender tu plaza de garaje y no quieres acudir a una agencia inmobiliaria podemos ayudarte con toda la documentación para que puedas vender tu plaza de garaje entre particulares sin problemas

¿Qué es el ITP? ¿Cuánto tiempo hay para pagar el ITP? ¿Quién tiene que pagar el ITP? ¿Cómo se calcula el ITP?

INFOGRAFIA: ¿Qué es el ITP? ¿Cuánto tiempo hay para pagar el ITP? ¿Quién tiene que pagar el ITP? ¿Cómo se calcula el ITP?

Aprovechando la magnífica Infografía de ParkingYa! esperamos que todos las dudas respecto del IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES que han ido llegando al consultorio queden resueltas.

¿Qué es el impuesto del ITP?

EL ITP o impuesto de transmisiones patrimonales es el impuesto que grava la compraventas de las plazas de garaje de segunda mano (también viviendas, vehículos, etc)

¿Quién tiene que pagarlo?

La persona que compra es la que está obligada al pago del ITP

¿cuánto tiempo hay para pagar el ITP?

El plazo para liquidarlo es de 30 días a partir del momento en el que se produce la compra de la plaza de garaje.

¿Cómo se calcula el valor del ITP?

El valor del ITP depende del precio de la compra y del lugar donde hayas comprado la plaza de garaje ya que es un impuesto cedido a las comunidades autónomas y cada una tiene su propio %.

Por ejemplo si la plaza la has comprado por 10.000 euros y el itp es del 6% te corresponde pagar el 6% de 10.000 euros… 600 euros

¿Cuál es el ITP de mi comunidad autónoma?

¿Cuánto es el ITP en?

INFOGRAFRIA: EL ITP – Cortesía de ParkingYa!

¿Cómo rescindir un contrato de alquiler de garaje?

¿Se puede rescindir unilateralmente un contrato de alquiler de plaza de garaje?

Respuesta Ideal: Sí, siempre que esté pactado en el contrato.

Realidad: En el contrato no existen cláusulas al respecto….

El principio de obligatoriedad

Se supone que los contratos están para cumplirlos. Es lo que se denomina Principio de Obligatoriedad: los contratantes están obligados a cumplir lo estipulado en el contrato.

El Código Civil lo deja bien claro:

  • “Los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez”
  • “La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes”

Tanto para el propietario como para el inquilino de la plaza de parking es conveniente pactar en el contrato la posibilidad de una salida. Ni uno ni otro pueden saber cuales serán sus circunstancias con el paso del tiempo, puede ser que el propietario necesite la plaza o que el inquilino deje de necesitarla. Y lo acabamos de leer… los contratos están para cumplirlos.

¿Qué pasa si una de las partes decide resolver el contrato unilateralmente?

Si una de las partes decide unilateralmente resolver el contrato de alquiler del garaje la otra parte se verá perjudicada. Y si el contrato no recoge la clausula de resolución contrato alquiler de garaje es posible que la otra parte se lo tome mal.

Es lo mismo un propietario que se vea frustrado por dejar de cobrar los alquileres sin una razón justificada como un inquilino al que le notifican de un día para otro que debe dejar la plaza. Tanto uno como otro pueden reclamar una indemnización por incumplimiento del contrato de alquiler. Y tendrán que llegar a un acuerdo si no quieren que sea un Juez quien lo determine.

Pero esto no tiene porque suceder. Es una situación tan habitual que unos y otros lo entienden como algo inherente al alquiler de plazas de garaje. Es tan usual que dejemos de necesitar la plaza como que el propietario necesite usarla o venderla que a nadie le extraña que la mayoría de contratos acaben antes de tiempo. Lo normal es que se resuelva con una llamada y una disculpa. Solo cuando los modos no son los correctos es cuando podemos ofender a la otra parte y entrar en disputas. Por otro lado, muy poca gente iniciará un proceso judicial para obtener una indemnización.

¿Cómo resolver un contrato de alquiler de garaje antes de tiempo?

Solamente hay una forma de hacerlo correctamente. La solución pasa por incorporar una cláusula en el contrato que indique el modo en que las partes pueden resolver el contrato. Lo normal es pactar un preaviso de un mes y no imponer indemnizaciones para evitar problemas.

Haz click en el enlace si quieres acceder a nuestro MODELO DE CONTRATO DE ALQUILER DE PLAZA DE GARAJE, el más consultado y descargado en España. Puedes iniciarlo en tu teléfono móvil, ordenador o tablet. Puedes parar cuando quieras si te falta algún dato y continuar el proceso después desde cualquier otro dispositivo. Una vez finalizado podrás acceder para modificarlo, imprimirlo y reutilizarlo cuantas veces quieras. Es un documento creado y revisado por expertos juristas.

20 aniversario ParkingYa!

Es un orgullo para los miembros de ParkingYa! cumplir 20 años como empresa especializada en la intermediación comercial de parkings.

La empresa que tengo el honor de haber fundado y que ha crecido con el esfuerzo y dedicación de una gran equipo de personas nació en 1999 y desde entonces siempre hemos apostado por la especialización y por la cercanía en el trato con nuestros cliente, ofreciendo un servicio personalizado y diferenciado.

Para nosotros es tan importante quien ha querido comprar o vender una sola plaza de garaje como los grandes operadores con los que colaboramos en la compra y venta de grandes aparcamientos enteros.

Esperamos poder seguir muchos años más a vuestro lado.

Gracias por haber confiado en nosotros durante tantos años!

¿Es necesario inscribir una plaza de garaje en el Registro de la Propiedad?

¿Es necesario inscribir una plaza de garaje en el Registro de la Propiedad? Una vez has comprado tu plaza de garaje, ya sea en contrato privado o en la notaría, eres el nuevo propietario, enhorabuena. Pero recuerda que aún tienes algunas gestiones por realizar: Liquidar los impuestos , ITP o IVA según sea de segunda mano o directa del promotor y finalmente podrás inscribirla a tu nombre en el Registro de la Propiedad. 

Todo esto representa un dinero extra que deberás abonar y quizás te veas tentado a dejarlo para más adelante, mucha gente se pregunta….

¿merece la pena inscribir en el Registro de la propiedad la plaza de garaje?

Mi consejo es que sí… estamos hablando de una cantidad entre 150 y 300 euros,  según el registro y el importe de la compra, el menor de los gastos de la compra de tu plaza de garaje, pero que si no lo liquidas hoy, mañana te puede salir muy caro.

Inscribir en el Registro te ofrece Seguridad Jurídica

En primer lugar, lo más importante, si inscribes la plaza en el Registro de la Propiedad, aparecerás como titular a todos los efectos. Si no lo haces constará como titular la persona que te la vendió. Nadié podrá comprar tu plaza de garaje sin tu consentimiento

No podrás vender la plaza ya que no figurarás como titular

El día que decidas vender la plaza de garaje lo primero que harán tanto el futuro comprador como el notario será pedir una nota simple al registro de la propiedad. Obviamente en esa nota no figurarás como titular y no podrás vender. Tendrás que correr para inscribirla y eso supone una demora de varias semanas con lo que se te puede escapar la venta a menos que firmes un contrato de arras con tu comprador.

Si no figuras como titular en el Registro no podrás demostrar que eres el propietario, solo serás la persona que dice que es el propietario…. Tendrás una escritura de propiedad sí, pero cómo sabe el comprador que no has vendido la plaza ya a otra persona o que no te la han embargado….?

Evita esa situación tan desagradable que siempre genera desconfianzas por parte del comprador

Estarás protegido frente a los acreedores del vendedor

Imagina que la persona que te vendió la plaza contrae deudas que no paga. Lo primero que harán sus acreedores es acudir al Registro de la Propiedad para comprobar que bienes le pueden embargar…. entre ellos estará tu plaza de garaje que aún consta a su nombre. Te verás envuelto en un procedimiento muy costoso en tiempo y dinero… te arrepentirás por no haber pagado los 100 ó 300 euros que te hubiera costado el registro… la solución pasará por contratar un abogado e interponer un proceso de tercería de dominio

Evitarás segundas ventas y otras pillerías por parte del antiguo propietario

No suele ser lo habitual pero siempre han existido los estafadores. Todo el mundo ha escuchado la historia de alguien a quien tomaron el pelo…. Si inscribes la plaza a tu nombre evitarás que pueda sucederte a ti

Y no podrás pedir un crédito usando la plaza como aval

Si no está inscrita a tu nombre la plaza de garaje no podrás usarla como aval ni garantía de nada.

Piensa en lo barato que te puede salir inscribir en el registro de la propiedad tu inmueble, tiene un valor altísimo como acabamos de ver y un coste mínimo.

 

 

Problemas en la compra de una plaza de garaje

valor-minimo-escritura

consultorio inmobiliario

Mi plaza es más pequeña pero todos los vecinos pagamos la misma comunidad

Hola Daniel y gracias por adelantado. Mi problema es fácil. Compré recientemente una plaza de garaje pequeña y mi sorpresa ha sido ver que pago lo mismo de comunidad que los propietarios de plazas dobles. Esto es normal? Ni siquiera el administrador me hace caso, dice que se ha hecho así toda la vida.  Es eso cierto o se puede cambiar?

Manuela


Hola Manuela,

Por partes….

  1. En cuanto a los gastos comunitarios se pueden pagar a partes iguales o por coeficiente.
  2. La Ley de Propiedad Horizontal establece que lo ideal es hacerlo teniendo en cuenta las cuotas de participación. Por lo que tendrías que pagar menos por tener una plaza más pequeña.
  3. No obstante también permite que se pague de la forma en que los propietarios establezcan si lo hacen por unanimidad. En este caso parece que se decidió hacerlo a partes iguales
  4. Ese acuerdo que lleva toda la vida vigente según el administrador es vinculante para quienes lo firmaron.
  5. Si el anterior propietario que es quien lo firmó lo inscribió en el Registro de la Propiedad también te obligaría a ti y a todos los futuros compradores de las plazas de ese garaje.
  6. Comprueba si es así…
  7. En caso de no estar inscrito en el Registro, ese acuerdo no se te puede aplicar a ti.
  8. Según lo veo yo tu administrador debería pasar tu cuota por coeficiente y el resto de vecinos pagar por partes iguales una vez descontado tu porcentaje

Comprueba si está o no inscrito ese acuerdo en el Registro de la Propiedad,

suerte y saludos


Coeficiente de participación

Bon día Dani, en primer lugar felicitarte por el excelente blog ya que “nos ilustras” en una materia en la cual soy un profano. Mi consulta es referente a los coeficientes de unas plazas de parking. Compre un par de plazas de parking a un promotor inmobiliario(nueva construcción), una plaza tiene la superficie útil de 12,2 m2 y la otra 10 m2, 
Coeficiente general: veinte centésimas por ciento para las dos plazas (en la escrituras). Como es que tengo el mismo coeficiente general si las plazas tienen diferentes m2??.
En el catastro todas las plazas de parking, el coeficiente de participación es del: 0,20, las plazas varían de 23 a 37 m2 según catastro, porque el mismo coeficiente?

Existe algún documento donde se fije la cuota de participación.?

Javier


Gracias Javier por tus ánimos,

el tema de los coeficientes/cuotas de participación de las plazas de garaje afecta a toda la Comunidad de Propietarios

Viene reflejado en el Título constitutivo y se puede modificar, pero con la unanimidad de todos los propietarios, que a su vez representan el 100% de las cuotas.

Proponlo en la próxima reunión de vecinos y arguméntalo de forma clara, ya sabes como son las reuniones de vecinos…. suerte

 


La inmobiliaria no me deja poner la plaza de garaje a nombre de los dos

Hola, mi marido comenzó a averiguar para comprar 2 garajes y un trastero. Hizo una oferta y se la aceptaron. Entrego una seña y todos los papeles que le pidieron. Dijo que quiere ponerlo todo a nombre de los 2 y ahora la inmobiliaria dice que tendrán que hacer otra oferta y hacer todo otra vez y que posiblemente suban el precio de la oferta. ¿Es normal eso? Como opción dice que prosigamos y que luego el me haga una donación. No entiendo porque no puede escriturar a nombre de los 2 siendo que pagaremos en efectivo.

Raúl


Buenos días Raúl,

Lo que me cuentas me parece surrealista. Una de dos…. o bien los «profesionales» de la agencia inmobiliaria son novatos y no saben cómo funciona una compraventa o bien  quieren tomaros el pelo para que paguéis más por la plaza.

La señal que hizo tu marido es una reserva de la plaza a nivel agencia-comprador para que la retiren de la venta y empiecen a tramitar el papeleo. A partir de ahí se lleva la documentación a la notaría para que preparen la escritura de compraventa y es cuando nos preguntan: ¿quién o quiénes compran? ¿Están casados? ¿En qué régimen? ¿Cuál es el precio que pagan? etc…. es decir que cuando se informa al oficial de la notaría de los detalles de la compra no importa que se haya firmado una señal anteriormente ni a nombre de quién está firmada.

Os aconsejo que elijáis vosotros el notario- tenéis esa capacidad como compradores- e informar al oficial de quienes compráis, el precio, etc…. luego avisas a la inmobiliaria que tienes la firma preparada para un día y hora señalados y ya está. En el caso que el comprador o la inmobiliaria se nieguen a firmar o a venir a la compraventa levantáis un acta notarial de incomparecencia y al juzgado.

Suerte,


Problemas en la compra de una plaza de garaje a un banco

He comprado plaza de garaje a Servihabitat Buildingcenter SA, a pesar de todos mis intentos por que liquidasen deudas con comunidad y Ayuntamiento, han redactado la minuta con el texto:

La parte vendedora responde y queda obligada del pago del IBI por los ejercicios devengados con anterioridad al día de hoy, una vez se obtenga por parte del Ayuntamiento correspondiente, el expediente de insolvencia y derivación necesario para poder efectuara el pago, con entera indemnidad para la parte compradora y para la propia finca.

Serán de cuenta y cargo de la parte vendedora aquellos gastos, tributos y cuotas de comunidad de propietarios, anteriores a este Contrato y que legalmente sean exigibles a la parte compradora, de producirse éstos, la parte compradora vendrá obligada a comunicar a la vendedora, de forma inmediata y en plazo no superior a 5 días desde su recepción.

La parte compradora expresamente exonera a la vendedora de la obligación de aportar la Certificación sobre el estado de deudas con la Comunidad de Propietarios, a que ss refiere el art. 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal… Esta exoneración no modifica la obligación que expresamente asume la parte vendedora, de responder frente a la Comunidad de Propietarios de los gastos que le sean legalmente exigibles y que se adeuden a fecha de la Escritura de venta, con entera indemnidad para la parte compradora.

Por otro lado no me han entregado ninguna llave para el acceso y el API a quien reclamo la gestión para facilitármelas me responde:

Me dicen que como es llave comunitaria la tienen que proporcionar la comunidad, en este caso es un mando a distancia, si fueran llaves privadas, o sea que las plazas estuvieran cerradas esas llaves si las proporcionarían ya que serian de la propia plaza, pasa lo mismo cuando vendemos viviendas, nosotros proporcionamos la llave del piso pero no la del portal porque pasa lo mismo, es comunitaria y no la tenemos.
De todos modos a mi no me la proporcionan porque no soy propietario.

Inma


Hola Inma, cuando compras a entidades bancarias tienes que asumir que sus contratos no se modifican, están muy estudiados y no quieren perder el tiempo con detalles, ellos imponen su normas. Por lo que me cuentas no han aportado los certificados que demuestren que han pagado su deudas con la comunidad , pero por otro lado reconocen que si las hubiera asumen su pago…. bueno…. no sé que decirte, me parece que no les costaba nada pedir el certificado al administrador y de paso una llave de acceso… eso sería lo lógico y lo que marca la Ley, pero como te digo ellos imponen y nosotros bajamos la cabeza. Te va a tocar a ti conseguir la llave, comprobar que no hay deudas y reclamarlas si fuera el caso. Suerte y espero que todo quede en un pequeño cabreo.


He comprado una plaza de garaje y me han ocultado que tiene deudas con la comunidad

Hola, mi caso es que compre una plaza de garaje en una finca y en la notaria ella presento que estaba libre de gastos y resulta que cuando llamo al administrador para dar mis datos para las cuotas esta persona tiene una deuda de 800 euros ….. qué puedo hacer?

Luis


Hola Luis,

Cuando dices que «ella presentó que estaba libre de gastos» te refieres a que la vendedora llevó el certificado del administrador en el que se decía que estaba al día de los gastos comunitarios?

En ese caso el administrador ha mentido y tiene una responsabilidad, ese certificado es un documento oficial y va sellado y firmado por él.

Otra cosa es que no llevara ese certificado y te dijera que estaba al corriente…. en tal caso el Notario tendría que haberte advertido de que no se había presentado ese documento y de las consecuencias que podría tener….

Entiendo que no fue así, que no se presentó el certificado y que:

a) el Notario no lo mencionó ni te avisó de ello y por lo tanto en la escritura no figura tu renuncia expresa a ese certificado… es algo que me extraña mucho pues los notarios no pasan por alto esos detalles

b) la vendedora mintió al declarar que estaba al corriente de pago, en ese caso podría tener consecuencias la vendedora por manifestación falsa. Siempre y cuando figure en la escritura «que la vendedora declara estar al corriente de gastos comunitarios»….

En todo caso tu plaza de garaje va a tener que responder de esos 800 euros de deudas comunitarias.

Te aconsejo que repases la escritura a ver que se manifiesta en ella y si te han engañado tomes las medidas oportunas.

– Contra el administrador si el certificado ocultaba la deuda.

– Contra la vendedora si manifestó falsamente y  así consta en la escritura que estaba al corriente de pago.

saludos


Mi plaza de garaje da a un cuartito comunitario

Buenos días Daniel, a ver si me puedes asesorar un poco sobre la problemática que tengo. 

El tema es que en mi plaza de parking existen dos accesos, uno al trastero de mi propiedad según escritura y otro acceso a lo que en teoría es un cuarto que no se como esta detallado en escritura, imagino como comunitario, que se está usando como cuarto de mantenimiento, para el almacenaje de todos los elementos de mantenimiento. Mi plaza de parking es la única que tiene acceso a dos trasteros.

Esto me ocasiona algunos problemas, por ejemplo no poder hacer un uso total de mi plaza, tener elementos de mantenimiento en mi plaza ya que no se guardan en el cuartito, peligro de daños en mi propiedad por dichos elementos(esta mañana había un somier). 

Llegados a este punto, lo que quiero es que se deje de usar este cuarto con estos fines, y evitar todas las situaciones que antes he comentado. Para ello, tengo algunas propuestas, comprar el cuartito a la comunidad si fuera posible, solicitar instalar una estructura prefabricada en el jardín y que se mueva todo ahí.

Hay alguna forma legal de exigir que ese cuarto no se use para estos fines?

No se me ocurre mucho más opciones, se te ocurre como puedo solventar este problema? El edificio tiene espacio de jardín y también existe una parte en desuso en el parking que se ha quedado como un pinar y tiene pendiente.

Gracias de antemano.

Vicente


Hola Vicente , es normal en ocasiones que para acceder a un elemento comunitario recaigan servidumbres de paso sobre algunos elementos privativo, como en este caso tu plaza de garaje. Ahora…. una cosa es que tengan que pasar por encima de tu plaza las tuberías de los desagües, o que para acceder a un cuartito trastero sea necesario pisar tu plaza. Lo que me parece un abuso es que para abrir la puerta de ese trastero tengas que renunciar al completo disfrute de tu plaza y mucho más ver como se convierte en un trastero comunitario sin ningún tipo de civismo.

Algunas ideas:

  • Lo primero es ver como figura el cuartito en la escritura de constitución de obra nueva, si en algún momento se votó para darle uso de trastero comunitario… más bien tiene toda la pinta de que se ha ido usando así desde siempre y así se ha quedado.
  • Intenta hablar con el anterior propietario para ver que acciones hizo él y que te de la información de la que disponga
  • En tu escritura de compraventa se hace mención a esa servidumbre?
  • Comprar el trastero a la comunidad no es mala idea pero tendrán que estar todos de acuerdo, el 100%,
  • Sacar fotos cuando veas colchones y trastos en la puerta del cuartito para ir documentando pruebas por si acaso hay que ponerse serios y poner una denuncia….
  • Lo de la estructura prefabricada en el jardín no está mal pensado, sobre todo si te haces tu cargo del gasto, igual es lo más barato y fácil… eso sí: que conste en un acta de la Junta de vecinos que propones esa solución a cambio de que el cuartito deje de servir como trastero comunitario.

Saludos, espero que tengas suerte y ya me contarás,