La donación de una plaza de garaje tiene obligaciones fiscales. Conócelas
Imagina que un familiar tuyo va a poner a tu nombre una plaza de parking de su propiedad, eso aunque sea un «regalo» se conoce como donación y tiene su propio impuesto: El impuesto de donaciones, o mejor dicho el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) el cual estarás obligado a liquidar tú como favorecido por la donación.
Además del impuesto de donaciones, que como veremos más adelante lo cobra la Comunidad Autónoma, tienes que tener en cuenta el impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana o plusvalía municipal -este lo cobra el ayuntamiento- y la ganancia patrimonial que vas a tener por incrementar el valor de tu patrimonio con la donación de la plaza de parking y que puede tener efecto en tu declaración de la renta.
1) Impuesto de Donaciones y Sucesiones.
La Base Imponible la establece la Ley estatal y es igual para todos.
Para calcular la cuantía del impuesto primero debes calcular el importe patrimonial que has tenido por la donación. Es decir el valor real de la plaza de garaje al que has de descontar las cargas que puedan deducirse. Eso sería la base imponible del impuesto de sucesiones y donaciones, es igual para todos ya que la establece la Ley estatal (Ley 29/1987, del 18 de diciembre del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones)
La Base Liquidable depende de cada Comunidad Autónoma
A esa base imponible se le aplican unas reducciones y bonificaciones que varían en función del lugar donde esté la plaza de parking, ya que se trata de un impuesto que está transferido totalmente a las comunidades autónomas. Entonces son éstas las que tienen las competencias para regular y aplicar las tarifas, deducciones y bonificaciones del impuesto de sucesiones y donaciones. Algunas comunidades como Madrid lo han suprimido o cobran una cantidad simbólica mientras que otras comunidades tienen diferentes tarifas.
Échale un vistazo al modelo 651 que tendrás que presentar en un máximo de 30 días desde que recibas la donación de la plaza de garaje, y si lo ves complicado busca el asesoramiento de tu gestor.
2) Plusvalía Municipal
Como se trata de un bien inmueble y supuestamente urbano, la donación de la plaza de parking estará afecta al al Impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana o plusvalía municipal. En este caso tendrás que liquidar al ayuntamiento – como beneficiario de la donación de una plaza de parking- una cantidad que será proporcional al valor del suelo y a los años que tuvo a su nombre la plaza de garaje la persona que te ha hecho la donación. Aquí no esperes ninguna bonificación como en el caso anterior, en todo caso estate preparado para recibir un susto ya que algunos ayuntamientos han elevado este impuesto a cantidades importantes.
3) Ganancia Patrimonial, IRPF.
Como habrás tenido una ganancia patrimonial al recibir la donación de una plaza de garaje tendrás que tributar por ello en la Renta. La ganancia patrimonial será igual al valor de la plaza de parking que has recibido al que le restaremos los gastos que te ha ocasionado y todo ello matizado por los coeficientes reductores, de actualización…… es un cálculo bastante complejo y es aconsejable que los calcule un experto en temas fiscales, tu gestor podrá asesorarte convenientemente.
4 comentarios en «Impuestos por la donación de una plaza de parking»
Buenas noches Daniel,
Mi duda es más de tipo fiscal supongo. Voy a comprar un plaza de parking en el bloque donde soy propietaria de un piso. Me cuesta 20.000 euros y es segunda transmisión.
La va a pagar mi padre (me financia) y la vamos a poner a mi nombre. Yo le devolveré este dinero poco a poco.
¿Que tengo que hacer para que hacienda no me diga que es una donación?
Muchas gracias,
Hola Ana,
lo que va a hacer tu padre es una donación, si lo que quieres es evitar declararla y pagar los impuestos correspondientes sólo tienes una solución: no declarar la donación. A nadie le gusta pagar impuestos por un dinero que nos deja nuestro padre, pero no hay forma de evitarlo.
Lo siento
Buenos días , quiero donar dos plazas de garaje , una a cada hijo , Quisiera saber lo que tendría que pagar y como hacerlo. Es en Castilla la Mancha .
Mari Carmen, no sé fiscalmente las normativas de cada comunidad
lo siento, tendrás que llamar a un experto de tu zona o a la propia agencia tributataria
saludos